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permiso de conducir
Asier Nuñez-Martinez

Cómo renovar el carné de conducir

Desde que nos sacamos por primera vez el carné de conducir (clase AM, A1, A2, A, B) tenemos un periodo de vigencia determinado que, una vez expire, necesitaremos renovar. Actualmente, la vigencia del carné de conducir de conductores noveles o veteranos es de 10 años hasta que se cumplan los 65 años de edad. Una vez alcanzada esa cifra, habrá que renovar la licencia cada 5 años. Si tenemos una licencia del tipo BTP, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E tendremos que renovarlo cada 5 años hasta cumplir los 65 años, después cada 3 años.

El proceso de renovación se llevará a cabo siempre que la persona titular no haya perdido todos los puntos y cumpla con todos los requisitos vigentes. La vigencia puede verse reducida o revocada de forma preventiva en el caso de que una persona esté padeciendo una enfermedad o deficiencia que se alargue a lo largo del tiempo. También se puede paralizar la renovación y su posesión por resolución judicial o administrativa.

A todo conductor le tocará renovar su licencia en más de una ocasión. Se puede tramitar el proceso de renovación con su respectiva documentación tres meses antes de que la licencia caduque. Para renovar, hay varias vías de hacerlo: acudiendo a la Jefatura de Tráfico, a centros de reconocimiento de conductores o a través de entidades privadas especializadas que nos ayudan con la tramitación.

Jefatura Provincial de Tráfico

Si optamos por esta vía, la renovación nos saldrá más barata pero es un proceso más largo y burocrático. Cuando llegamos al centro correspondiente, tenemos que rellenar un impreso concreto que podemos encontrar allí mismo o podemos descargarla y rellenarla previamente desde la web de la Dirección General de Tráfico.

Necesitaremos también el test de Aptitud Psicofísica telemático que lo conseguimos en el Centro de Reconocimiento de Conductores. Junto a estos documentos, será necesaria una foto reciente a color de 32 x 26 mm y nuestro DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, vigente. Por último, un Talón-foto que se obtiene en el mismo centro y la tasa de pago que son 23,50 €.

Una vez entregada toda la documentación correspondiente en la Jefatura Provincial, nos entregarán un resguardo de carácter provisional que nos permite conducir en territorio español hasta que llegue el carné de conducir a nuestro domicilio.

Centros de Reconocimiento de Conductores

Si decidimos renovar el carné estos centros, tendremos que  acreditar nuestra identidad y residencia con el DNI o Pasaporte en vigor. Son centros autorizados por el Ministerio del Interior a tramitar todo el proceso de nuestra renovación. Pediremos cita y nos harán un examen psico-técnico que garantice nuestras facultades para conducir (coste del examen: 35-40 €). Nos pedirán una fotos de carné recientes a color de 32 x 26 mm así como el pago de la tasa de tráfico que son 23,50 €.

Al igual que en la Jefatura Provincial de Tráfico, una vez entregada la documentación, el Centro nos facilitará un resguardo provisional hasta la llegada del carné de conducir renovado.

En caso de que un extranjero comunitario opte por esta vía, tendrá que presentar su documento de identidad nacional, pasaporte o documento de residencia junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de extranjeros. Si no es comunitario, se requerirá la Autorización de Residencia además de su documentación. Todos los documentos debes ser originales y vigentes.

Entidades especializadas

Hoy en día, un conductor puede renovar su licencia mediante su aseguradora de coche o acudiendo a una entidad especializada que tramitará todos los documentos en nombre del titular de la licencia. Tienen la misma finalidad que los Centros de Reconocimiento de Conductores, con los mismos procesos a seguir. Lo único que puede variar son los costes de tramitación.

Renovar carné de conducir desde el extranjero

La DGT recomienda lo primero de todo acudir al centro diplomático, embajada o consulado más cercano. También existe la opción de contactar directamente con la DGT para la tramitación vía internet.

Para ello, necesitaremos los documentos anteriormente mencionados: un tablón-foto cumplimentado y firmado (se puede solicitar en los centros representativos), foto reciente a color, test psico-técnico expedido por un médico del país y visado por la propia embajada o consulado y copia del resguardo del pago de la tasa.

Este último pago se puede realizar por internet o por transferencia bancaría con el importe exacto en euros a la cuenta de la Jefatura Central de Tráfico con los siguientes datos:

  • C.C.C.: 0049 5103 79 2616578716
  • IBAN: ES23 0049 5103 7926 1657 8716
  • SWIFT: BSCHESMM

Los gastos de la transferencia serán por cuenta del interesado haciendo constar en el concepto de la misma y por este orden:

  • 1º DNI.
  • 2º Apellidos y nombre.
  • 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

Fuentes: DGT, Motorpasión

  • carné de conducir
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