Si estás pensando viajar con tu coche por Europa, piensa que las normas de tráfico no son las mismas que en España y puedes llevarte alguna sorpresa.

Llegan las vacaciones y estas planeando hacer ese viaje por Europa que siempre has soñado, tu coche y tu familia o amigos os decidís a disfrutar de la aventura de recorrer Europa en coche.
Posiblemente antes de salir has preparado todo, has puesto a punto tu coche con las revisiones pertinentes, has marcado la ruta que seguirás, los peajes, lugares de interés, sitios para dormir…vamos que lo tienes todo preparado pero de pronto y una vez pasada la frontera te encuentras con que un policía extranjero de Francia, Italia o cualquier otro de la Unión Europea para y te dice que has cometido una infracción.
Lo primero que has de entender es que si no conoces las normas de tráfico de los países por lo que pasas, esto esto no te exime del pago de la multa si has cometido la infracción ya que tu deber también es conocer las particularidades que cada país tiene en cuanto a la normativa de tráfico
Por ponerte un ejemplo entre varios países europeos hay grandes diferencias en los límites de velocidad como es el caso de Dinamarca que en carreteras principales tiene un límite de 80 km/h mientras que en Italia, Polonia o Grecia el límite es de 110 km/h.
Por otro lado en Autopistas mientras que en países como Alemania, Dinamarca, Austria o Italia puedes ir a una velocidad de 130 km/h en Reino Unido el límite está en 110 km/h.
Ni que decir tiene que si conduces por Reino Unido, todo será distinto y tienes más papeletas para cometer un error en una rotonda un adelantamiento, etc.
Con esto queremos prepararte para que o bien te informes de las normas de tráfico de los distintos países por donde vas a pasar o seas más prudente en tus viajes por el extranjero.
Si finalmente te ocurre que un policía te sanciona y no tienes residencia en ese país tendrás la obligación de pagar la sanción en el acto al policía. Si no lo haces te podrán inmovilizar el vehículo, e incluso retirarte la documentación del coche -es el caso de Portugal- para que en el plazo de 24 horas pueda procederse al pago de la multa.
Te puede resultar agresiva la medida pero es así y por degracia esto se debe a la falta de armonización legal en materia y sanciones de tráfico y a la inexistencia de convenios que permitan la persecución legal transfronteriza de las infracciones de circulación.
El policia al sancionarte tiene la obligación de entregar el boletín de denuncia donde conste el motivo de la infracción y el importe de la multa que has abonado.
Si no estás conforme con la denuncia, podrás iniciar los mecanismos de defensa que estén establecidos en la legislación del país donde te hayan multado.
Pero realmente esta reclamación pocas veces es efectiva ya que la diferencia de procedimientos, la dificultad de los trámites burocráticos y el idioma hacen realmente difícil que llegue a buen puerto.
En 1998 se firmó un Convenio Europeo convirtiéndose en el único intento de armonización en esta materia. El objetivo era posibilitar que la decisión de suspender el permiso de conducir adoptada por un Estado miembro distinto del de residencia del conductor pudiera ser ejecutada en el resto de los estados de la Unión Europea. Sin embargo la realidad es que después de cuatro años aún no puede aplicarse porque no se ha ratificado por todos los países.
Comentarios
hola, me pusieron una multa en un pueblo de Venecia este verano y me ha llegado ahora, quería saber cómo y dónde tengo que pagarla, pues el coche era alquilado gracias.
Pues sería el mismo pueblo que a mí, me ha llegado hoy una multa de PADUA, y no se que hacer, me dicen que no la paguen pero la agencia del coche de alquiler me la hecho llegar con el consiguiente cargo. Una gracia....
En el verano del 2010 me fuen de vacaciones a la Toscan. En Octubre, Hertz me paso un cardo de 35 € por cada una de las 4 supuestas multas que me habian puesto. esto, si lo cobro Hertz porque esta en contrato pero las multas no las cobra la empresa de alquiler.
En Noviembre 2010 llegaro de Trafico Italia las 4 cartas con sus corresponidentes multas. Previa información y al no existir normativa al respecto, no las pague.
En Diciembre 2011 me llegan nuevamente cartas certificadas solicitando el pago en un plazo de 20 dias. Y en esta situación me encuentro.
No voy a pagar porque despeus de leer articulos al respecto, todavia no exiisten leyes que lo regulen...eso si tardare una emporada en pasarme por Italia.
a mi la carta con la sancion me llego el 13/01/2010, la fraccion se cometio el 10/08/2008, la empresa que gestiona la multa es EMO.NIVIT, a dia de hoy 20/01/2012 me ha llegado una nueva carta reclamando el importe con su correspondiente recargo por demora, si no me equivoco esta gentuza no tiene ninguna potestad, pues que sigan gastando en sellos hasta el dia del juicio final
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