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Gonzalo Yllera

Ten cuidado con las multas que te notifica TESTRA

Como decía Don Hilarión en La verbena de la Paloma: “los tiempos avanzan que es una barbaridad”, estrofa que, actualmente, sigue en pleno vigor. Las multas de tráfico no son ajenas a esta tendencia, y en concreto se ha puesto en marcha recientemente, como ya os indicamos, el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA), una web certificada de nueva creación para la notificación de todas las sanciones, en sustitución de los actuales edictos que se publican en los Boletines Oficiales de la Provincia o Comunidad.

Pero según ha dado a conocer la organización AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA): “se está haciendo un uso indebido de este nuevo sistema de notificaciones a través de internet, y no sólo porque se está aplicando a expedientes sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley (lo cual es manifiestamente ilegal), sino porque se están reduciendo los plazos que tienen los ciudadanos para formular sus correspondientes recursos.”

En su denuncia, AEA advierte que las distintas administraciones con competencia en materia de tráfico (DGT, Departamento de Interior del Gobierno Vasco, Servicio Catalán de Tráfico y Ayuntamiento de Madrid) están vulnerando gravemente el derecho de defensa de los ciudadanos al no respetar los plazos legalmente establecidos para ello.

Esta multa será publicada en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)

Y este hecho se produjo ya desde la primera multa publicada en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) el pasado 24 de noviembre, en la que se indica que “contra la resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación edictal”. Sin embargo, ya a los veinte días (y sin esperar el plazo legalmente previsto) la publicación deja de tener vigencia impidiendo con ello que el ciudadano pueda ejercer su legítimo derecho a la defensa.

Como declara el presidente de AEA, Mario Arnaldo: “esta ilegalidad no es un hecho aislado, sino que está ocurriendo desde que entró en funcionamiento el TESTRA, el pasado 24 de noviembre, en todos los expedientes sancionadores en los que las notificaciones no han podido ser practicadas en el domicilio del interesado: cerca de mil en veinte días”.

Según la DGT“Si el edicto publicado está vigente significa que se está en el plazo de veinte días naturales que la ley fija para alegar, pedir pruebas, pagar, o en el plazo de un mes para interponer recurso de reposición. Si el edicto publicado está en estado de no vigente, significa que ya ha transcurrido el plazo legal para alegar o para recurrir, pero al menos el ciudadano tiene conocimiento de que hay un procedimiento sancionador que se le está tramitando”.

Sin embargo, a juicio de AEA, está interpretación de la DGT es manifiestamente errónea y gravemente lesiva para los derechos de los ciudadanos a los que no sólo se les confunde en relación con los plazos que tienen para interponer los recursos, sino que de forma efectiva se les impide el ejercicio legítimo de su derecho a la defensa. Como nos recuerda Mario Arnaldo: “Esto no es la primera vez que sucede. Ya con el asunto de pagar con descuento y presentar recurso, tuvimos que llevar a Tráfico ante el Supremo, y perdieron el pleito, porque no se pueden eliminar arbitrariamente derechos que la ley reconoce a los ciudadanos. En esto la DGT tiene una larga experiencia, como lo demuestran las numerosas resoluciones judiciales en su contra”.

Via  |  AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA)

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