Logo de Noticias Coches
la carga para la portada
Pilar Bebea

¿Es correcto llevar así la carga?

Hace unos días nos llegaba a la redacción la pregunta de un seguidor de noticias que nos planteaba si el vehículo de la imagen, que circulaba con la carga en la baca de esa manera, estaba cumpliendo la normativa vial. Como se puede observar en la imagen, chapuza es poco para definir el lamentable estado en el que se han apretujado y colocado montones de cosas entre ellas un neumático, una escalera y lo que parecen ser varias sillas de la playa.

Según los expertos, la carga debería ser el último recurso para trasportar equipaje. Siempre se debe buscar el transporte más cómodo, y más aún si se trata de trayectos largos. La alternativa al de la imagen sería un remolque, colocarlo en el interior del vehículo o con una baca cubierta.

No cumplir con la normativa necesaria, es decir, “circular con el vehículo cuya carga pueda arrastrar, caer total o parcialmente, desplazarse de manera peligrosa o comprometer la estabilidad del vehículo, sin disponer de los accesorios que garanticen la adecuada protección o acondicionamiento de la carga transportada”, supone una multa de 200 euros según el artº 65.f de la Legislación de Seguridad Vial.

Si pese a todo, el espacio es el que hay y no es posible otra que utilizar la baca de esta manera, se deben tener en cuenta las siguientes normas en la vía, recogidas en los artículos 13, 14 y 15 del código de circulación.

  1. Las barras de la baca o portaequipaje debe ir perfectamente ajustada al vehículo.
  2. La carga debe estar bien distribuida, colocada y sujeta para asegurar que no se vaya a producir ninguna caída.
  3. Es una condición indispensable que la masa de la carga no exceda la masa total del vehículo que figura en la tarjeta ITV.
  4. En ningún momento la carga debe impedir la visión del conductor. En concreto puede sobresalir por la parte posterior hasta un 10% de la longitud del coche. Si es indivisible puede llegar al 15%. En los turismos no puede sobresalir más por los lados.

Si se cumplen con estas condiciones es importante tener en cuenta en todo momento que se está conduciendo con una carga extra y, por lo tanto, adaptar la conducción a las condiciones del vehículo que lleva un peso adicional. Mayor peso, mayor es el tiempo de frenada. Habrá que frenar antes, tomar con menos velocidad las curvas, basta tener algo de sentido común.

En el caso de la imagen, por mucho que parezca que vaya a salir volando de un momento a otro, los objetos se muestran bien sujetos con numerosas cuerdas que los mantienen agarrados a la estructura por lo a primera vista no estaría incumpliendo el código de circulación aunque sí de estética. Siendo algo tiquismiquis, las escaleras sobresalen algo del lateral del vehículo por lo que, en principio, debería ser sancionado. A la hora de la verdad, dependerá de la interpretación que haga el guardia civil en cuestión del código de circulación. Siempre es mejor anticiparse y colocar un remolque o una baca cubierta.

Como no hacerlo

Si el propietario del caso anterior, pese a la dudosa estabilidad de la sujeción, cumple con la normativa vigente, se dan numerosos casos en los que no. Conductores temerarios que han puesto en peligro su vida y la de los demás transportando elementos en la parte trasera del vehículo sin que estos fueran perceptibles o con un apaño chapucero como el que podemos ver en la imagen.

En estos casos, se permitiría la carga siempre y cuando se señalizara con un panel V-20 (el de las rayas rojas y blancas) cuadrado de 50 centímetros. Si la carga sobresale por los laterales también se deben colocar estos paneles de tal forma que formen una v invertida.

Imagen: Circula seguro
Vía: Circula seguro y Itv.com

  • leyes
  • maletero
  • multas
  • viaje
¿Te ha gustado esta noticia?Suscríbete y no te pierdas las últimas novedades cada semana