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Gonzalo Yllera

Seguros: mismas primas para hombres y mujeres

Hasta ahora las aseguradoras, para calcular las primas a pagar por sus clientes, se basaban en diversas estadísticas y estudios que confirmaban el menor riesgo de sufrir un accidente por parte de las mujeres con respecto a los hombres.

El Tribunal de Justicia indica que, según lo establecido en la Directiva 2004/113/CE, “se prohíbe toda discriminación por razón de sexo en el acceso a bienes y servicios y en su suministro”. Por lo tanto dicha Directiva prohíbe tener en cuenta el criterio del sexo para el cálculo de las primas y prestaciones de seguro en los contratos de seguro celebrados a partir del 21 de diciembre de 2007.

Pero, no obstante, se previó una singularidad gracias a la cual los Estados miembros podrían autorizar excepciones a dicha norma, con “períodos de transición apropiados”. Pero ante el más que evidente riesgo de que esta excepción se convirtiera en permanente, el Tribunal la ha declarado inválida con efecto desde el 21 de diciembre de 2012.

Lo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea viene a decir es que al igual que no se puede admitir, por ejemplo, la raza o el origen étnico de una persona como motivos de diferenciación en el sector de los seguros, lo mismo ocurre con el sexo.

En la Unión Europea, que se ha caracterizado desde su creación por el respeto de la dignidad humana, de los derechos humanos, de la igualdad y de la no discriminación, sería absolutamente inadmisible que, por ejemplo, un seguro médico estableciera una diferenciación en el riesgo que pudiera tener de padecer cáncer de piel en función del color de la piel del asegurado y, en consecuencia, exigiera a éste una prima mayor o menor. Es igualmente inadmisible basarse en el sexo de una persona para determinar los riesgos del seguro. Al igual que la raza y el origen étnico, también el sexo es una característica intrínseca a la persona del asegurado, sobre la que éste no tiene ningún tipo de influencia.

Y esto, ¿qué nos supone a efectos prácticos? Bueno, pues según experiencias previas, mucho me temo, que las aseguradoras acabarán volviendo la tortilla y aprovecharán esta sentencia a su favor. Es decir, no rebajarán las primas de los hombres hasta igualarlas con las de las mujeres. Antes al contrario, subirán las de las mujeres hasta igualarlas a las de los hombres, para evitar la “discriminación por razón de sexo”. ¿Os acordáis lo que pasó cuando se implantó el euro? ¿El redondeo se produjo al alza o a la baja? Pues eso.

En la actualidad la diferencia en las primas puede alcanzar un 33%

Al respecto de todo ello, la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha instado a las compañías aseguradoras a dejar de aplicar «de inmediato» el criterio del sexo para el cálculo de las primar de seguros sin esperar al 21 de diciembre de 2012, fecha en la que entra en vigor la prohibición dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.

Su presidente, Mario Arnaldo, «exige a las aseguradoras que apliquen de inmediato en sus seguros de automóvil y sanitarios la prohibición de distinguir por sexo», ya que esta práctica es «una discriminación intolerable».

Además, recomendó a los asegurados que reclamen a las compañías la eliminación de la distinción por sexo que figure en sus contratos. «Es una discriminación que debería haberse eliminado hace tiempo y que no se justifica», añadió.

Por último, el presidente de AEA solicitó a las compañías de seguros que comiencen a aplicar los mecanismos de individualización en el cálculo de las primas, que permiten calcular el precio del seguro automovilístico en función de la siniestralidad de cada cliente, entre otras mediciones.

Veremos en qué acaba todo esto.

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