Vender el coche de un fallecido no debe ser un proceso agradable de pasar, ya que no tiene comparación, por ejemplo, a comprar un coche de segunda mano. En realidad cada vez son más las personas que ponen a la venta algún bien obtenido a través de una herencia, ya que la falta de liquidez suele ser la principal causa para vender el coche.
Sin embargo, un requisito indispensable para vender un bien de un fallecido es que convertirse en su legítimo propietario. Por ello, conviene conocer qué trámites se deben realizar, tanto en la Jefatura Provincial de Tráfico como en la Delegación de Hacienda:
Hacerse heredero del coche del difunto
Hasta que no se lleva a cabo la aceptación de una herencia, un heredero no puede transferir el vehículo cuyo titular ha fallecido. La documentación que hay que tramitar es la siguiente:
- El Certificado de Defunción del propietario del automóvil, expedido por el Registro Civil de la localidad donde se produjo el óbito (aunque sea un lugar distinto del domicilio habitual del causante).
- El Certificado de Últimas Voluntades expedido por el Registro General de Actos de Última Voluntad. Esta certificación solo se puede solicitar cuando han transcurrido 15 días hábiles desde la muerte del dueño del coche. Así, si el fallecido otorgó testamento poco antes de morir, da tiempo a que se consigne en este Registro.
Aquí debes diferenciar si el difunto otorgó testamento (hay que solicitar una copia autorizada del último), o no lo hizo. En ese caso caben dos posibilidades. Si es el cónyuge viudo, un ascendiente o un descendiente, se lleva a cabo la Declaración de Herederos abintestato (procedimiento judicial sobre la herencia y la adjudicación de los bienes del que muere sin testar), por medio del Acta de Notoriedad. Una vez realizada, el notario hace la partición de la herencia entre los legítimos herederos del difunto. Cuando el heredero del propietario del coche es un hermano, un sobrino, etc. se procede al Auto Judicial de Declaración de Herederos, que se obtiene en el Juzgado.
- La Liquidación del Impuesto de Sucesiones, donde se recoge la relación de los bienes presentada a Hacienda (entre los que debe encontrarse el vehículo), que ha de incluir la Carta de Pago o la Declaración de Exención o prescripción de dicho impuesto.
- Es importante guardar el justificante del pago del Impuesto de Sucesiones, o la exención del mismo. Los impresos de este impuesto pueden obtenerse en la Delegación de Hacienda de la comunidad autónoma correspondiente o en la Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.
- Los documentos de Aceptación, Partición y Adjudicación de la Herencia son las instrucciones de reparto suscritas por los herederos, en las que debe figurar el coche. Puede tratarse de: una Escritura Pública de Aceptación y Adjudicación de Herencia; o, en su defecto, un Documento Particional privado, de acuerdo con el Testamento o con la Declaración de Herederos, firmado por los herederos, o por sus representantes.
Hacer el cambio de titularidad del vehículo en Tráfico y en Hacienda
Una vez repartida la herencia, si un heredero resulta adjudicatario del vehículo del fallecido, tiene que recopilar la siguiente documentación para presentarla. Primero, en la Delegación local de Hacienda y, después, en la Jefatura Provincial de Tráfico, con el fin de hacer el cambio de titularidad del coche. Documentos a recopilar:
- Documentación del vehículo heredado (original y copia de la ficha técnica y del permiso de circulación).
- El coche debe tener en vigor la ITV (Inspección Técnica de Vehículos).
- El DNI del heredero.
- Una copia del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del año en vigor.
- El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Este impreso se puede conseguir en la propia delegación de Hacienda. El importe que hay que pagar es el 4% de la valoración asignada al automóvil por la Consejería de Hacienda, en función del modelo y del año de matriculación.
- Hay que abonar una tasa de la Jefatura de Tráfico para el cambio de titularidad, por un importe de 52,20 euros.
- La Solicitud de Transmisión de Vehículo (de la DGT). En ella tiene que constar que la transmisión del coche se ha hecho por herencia.
Reunidos todos estos documentos, debes acudir a dos lugares:
- Delegación de Hacienda: aquí debes acudir en primer lugar y abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Si surge alguna duda a la hora de cumplimentar el impreso del modelo 620, allí la resuelven y calculan el importe que hay que pagar.
- Jefatura Provincial de Tráfico: aquí es donde se debe presentar toda la documentación y pagar la tasa de Transmisión de Vehículos. Para hacer la transferencia en Tráfico hay que llevar el certificado de últimas voluntades junto con el testamento del difunto, o bien la declaración de herederos, o un documento donde figure la adjudicación del coche (cuaderno particional) y la justificación del pago o exención del Impuesto sobre Sucesiones.
Hay que tener en cuenta que si un heredero resulta adjudicatario del vehículo, debe solicitar, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredita como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso de circulación, con lo que se efectúa el cambio de titularidad del coche en el Registro de la Dirección General de Tráfico en la Jefatura de Tráfico de la provincia del fallecido.
Asimismo, si el heredero es menor de edad o está incapacitado, en la documentación que presente, tienen que constar los datos y la firma de la persona que lo representa. Cuando Tráfico expide el nuevo permiso de circulación, donde el heredero figura como titular del coche, ya puede venderse el vehículo.
Nuevo cambio de titularidad del vehículo para venderlo
A partir de ahí los trámites y documentación necesaria para transferir un coche son los habituales. Debes seguir todos los pasos realizados al hacer el primer cambio de titularidad, añadiendo un contrato de compraventa de coche usado entre particulares, que deberá ser rubricado por el comprador y vendedor.
Además, debes presentar la Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430). Se necesitan presentar cuatro copias de este impreso, que deberá ser firmado tanto por comprador como por vendedor.
Fuente: Consumer
Fotos: Chicago Oil, Ouisahre