Los intercomunicadores para motos son unos aparatos que permiten al motorista contestar llamadas telefónicas, escuchar música o radio, atender las instrucciones del navegador o hablar con otros motoristas o su acompañante.
¿Pero pueden usarse legalmente? La respuesta corta es que no, pues este tipo de dispositivos están prohibidos por el Reglamento General de Circulación (RGC). No hace demasiado lo recordaba la DGT en su cuenta de Twitter, haciendo hincapié en las sanción: 200 € de multa y pérdida de tres puntos:
La #LeySeguridadVial considera INFRACCIÓN GRAVE conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, auriculares…
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) November 16, 2020
Actualmente, la sanción es de 200 € y pérdida de 3 puntos.
Con la reforma de la ley, usar manualmente el móvil serán 6 puntos. pic.twitter.com/UEOpXwpUkQ
Parece contradictorio que se permita la venta de aparatos que luego no pueden usarse… Pero ojo, que ahora una sentencia de un juzgado de Madrid podría conseguir que usar estos dispositivos no esté penado. Este juzgado anuló la multa por falta de pruebas
El agente indicó en el boletín que aplicaba la sancionón por «Sonducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Intercomunicador bluetooth en casco». eso sí, el Juzgado de lo Contencioso número 21 de Madrid considera que faltan pruebas que acrediten la comisión de la infracción. «Nos hallamos ante sanciones instantáneas, que no son captadas por cámaras, como pudieran ser las de velocidad». indican desde Pyramid Consulting, que indica que «estamos ante un caso de indefensión».
«La declaración como testigos de los agentes denunciantes a presencia del instructor y del interesado es una prueba perfectamente admisible en el procedimiento administrativo sancionador de tráfico, ya que su ley reguladora no la excluye», indica la titular del juzgado.
¿Pueden legalizarse los intercomunicadores?
«La sentencia estimatoria es clara y abre la puerta a la utilización de este tipo de dispositivos, algo muy reclamado y esperado por los moteros», afirma Pyramid Consulting, al tiempo que invita a los motoristas afectados a recurrir todas las sanciones de este tipo.
Más allá de recurrir multas, la DGT abría el camino para impulsar una reforma que permitiera usar intercomunicadores para motos. «Y tenemos previsto aprobarla antes de que finalice 2021», aseguraba el director de la DGT, Pere Navarro, en diciembre del año pasado. La pandemia frenó en avance en este sentido.
El pasado 13 de junio, coincidiendo con el Día Nacional de la Moto, la DGT anunciaba en Twitter que esta y otras reivindicaciones de los motoristas serían atendidas en el próximo Reglamento General de Circulación.
El próximo Reglamento General de Circulación incluirá históricas demandas de los motoristas como la legalización de intercomunicadores o la circulación por el arcén en retenciones🏍️🛵.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) June 13, 2021
Disfruta de la moto y de tu día. Con seguridad.
Feliz #DiaNacionalDeLaMoto 👍 pic.twitter.com/m6mr8HHZ9S
El Reglamento General de Circulación progibe «conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas». Las asociaciones de motoristas consideran que son altavoces, no auriculares, por lo que serían equivalentes a las de los coches, sin aislar completamente del ruido exterior. Esperemos que pronto cambien las leyes.
Fuente: Pyramid Consulting