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Redacción

¿Son todas las multas recurribles?

Según la normativa de Tráfico y Seguridad Vial, tanto conductores como peatones tenemos derecho a recurrir toda multa que nos hayan notificado en persona, por correo postal, dirección electrónica o publicada en el BOE.

Por lo tanto, el primer paso para conseguir anular la multa es presentar un escrito con alegaciones (denominado recurso) hacia la administración que te denuncia. El plazo generalmente es de 20 días en las sanciones de tráfico y estacionamiento (aunque te aconsejamos lo revises en la propia multa), dado que, en otras ocasiones, como en multas de transporte, podemos tener desde 15 hasta 30 días dependiendo de la Comunidad en la que te sancionen.

Una vez tengas claro el plazo que tienes, debes centrarte en el recurso, en el cual a través de las alegaciones podrás aclarar los hechos, teniendo en cuenta si solicitas la revisión por errores en los hechos en sí (radares sin revisiones obligatorias, ITV o seguro, por ejemplo) o por errores de forma (no especificar matrícula, prescripción, etc.). Es fundamental por ello, reunir el mayor número de pruebas que puedan ayudarte a demostrar tu inocencia.

Sin embargo, es recomendable consultar con un experto para estudiar la viabilidad del recurso y tener mayores posibilidades de éxito. Tendrás una ventaja no sólo para evitar el pago de la sanción, sino que también te ayudará a luchar contra la pérdida de puntos o a defenderte ante posibles excesos por parte del agente denunciante o el carácter recaudatorio de la Administración.

Recurre tus multas

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