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Pablo Maza

Cuadruplicar la tasa de alcoholemia se queda sin castigo

Las campañas de concienciación, los esfuerzos de las autoridades públicas y la legislación vigente no sirven de nada si en el paso final la justicia no está a la altura de los acontecimientos. Esto sería aplicable a los sucedido en un Tribunal de Pamplona, cuya inoperancia ha dejado sin castigo a un conductor que cuadriplicó la tasa de alcoholemia permitida.

Todo sucedío el pasado 6 de junio de 2009, cuando el susodicho perdió el control de su vehículo colisionando con otro coche, que afortunadamente se encontraba estacionado sin nadie en su interior. En las prueblas de alcoholemia pertinentes, el conductor arrojó un resultado positivo de 1,02 y 1,08 miligramos de alcohol por litro espirado, por lo que fue condenado a la pena de ocho meses de privación del permiso de conducir, además de a una multa de 720 euros y a 22 días de trabajo comunitarios, como autor de un delito de conducción de vehículos a motor bajo los efectos de alcohol.

Nada más lejos de la realidad porque el Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona olvidó ejecutar la sentencia, por lo que transcurridos 12 meses el delito se considera preescrito. Tras ser informado por el Ministerio Fiscal, el tribunal se ha visto obligado a apreciar la preesncripción, por un lado, de la retirada del carné de conducir durante un periodo de ocho meses, y por otro, en idénticas circunstancias, acuerda igual trámite para la pena de los trabajos comunitarios establecidos.

En lo que se refiere a la multa, el Código Penal da la opción al condenado de elegir entre abonarla o realizar trabajos comuntarios. En cualquier caso, al haber preescrito el delito, la multa queda igualmente sin vigencia legal.

Vía: Noticias de Navarra

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  • multas
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