Tras los numerosos desencuentros que ya os hemos contado entre fabricantes y concesionarios, por fin se ha impuesto la cordura, y las cuatro principales asociaciones del sector del automóvil español, la de fabricantes (ANFAC), la de concesionarios (FACONAUTO), la de importadores (ANIACAM) y la de vendedores (GANVAM), han alcanzado un principio de acuerdo sobre la regulación de la distribución de vehículos, gracias a la intermediación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
De hecho ha sido en la sede de este ministerio y actuando como “anfitrión” su titular, Miguel Sebastián, donde se ha dado “oficialidad” a dicho acuerdo, alcanzado la semana pasada entre los fabricantes del sector de automoción y los concesionarios.
La normativa sobre distribución de vehículos entró en vigor el pasado sábado al publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley de Economía Sostenible. A pesar de ello las asociaciones del sector se han comprometido a cumplir un “código de conducta” para no aplicarla. Todas las partes acordaron instar al Gobierno para que, en el plazo más breve posible, presente una enmienda que deje sin efecto la Disposición Adicional 16ª de la mencionada Ley.
Asimismo, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, presentará en el plazo de tres meses un anteproyecto de Ley de Contratos de Distribución Comercial para diversos sectores de la economía española, incluido el del automóvil, que será elevado por el Gobierno a las Cortes Generales en el plazo de seis meses.
Hasta la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Contratos de Distribución, el Gobierno presentará a las principales asociaciones del sector de automoción, un código de buenas prácticas.
El ministro de Industria, Miguel Sebastián, ha celebrado lo que considera un «acuerdo bastante amplio» de las formaciones para dejar «en suspenso» una medida que hubiera puesto en peligro el «balance que tiene que haber entre concesionarios y fabricantes» y ha garantizado que la Ley de Distribución que aprobará el Gobierno contará con un «equilibrio consensuado» entre las partes.