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Mario Nogales

Las medidas que tienen que cumplir los patinetes eléctricos a partir de 2024

En los últimos años ha habido mucha polémica alrededor de los patinetes eléctricos. Su llegada de forma masiva hizo que las ciudades tuvieran que regular su uso, por no hablar de la reciente prohibición en algunos medios transporte público. La oferta de estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que es su denominación oficial, cada vez es mayor, así que han tenido que sacar una certificación para los que se vendan a partir del año próximo. Aclaramos las medidas que tienen que cumplir los patinetes para poder circular.

Esta medida de la Dirección General de Tráfico (DGT) entra en vigor a partir del 22 de enero de 2024. ¿Eso qué quiere decir? Que todos los que salgan a la venta desde entonces tendrán que cumplir con la certificación. A los que se hubieran vendido anteriormente, pueden seguir siendo utilizados por el momento, pero más adelante llegará la prohibición. A partir del 22 de enero de 2027 solamente podrán circular los patinetes que estén certificados por las autoridades competentes, así que en ese plazo los usuarios tendrán que cambiar el anterior que no cumpla.

El tema de la certificación viene dado para garantizar unas medidas mínimas de calidad y durabilidad, así como para velar por la seguridad vial. Es cierto que lleva publicada desde el año pasado en el BOE y que muchos han sido los modelos desde entonces que se venden cumpliendo con todas las medidas. Ahora vamos a centrarnos en todo lo que deben presentar estos Vehículos de Movilidad Personal para que su circulación sea legal en España.

  • Velocidad máxima limitada a 25 km/h y sistemas antimanipulación para que no se puedan «trucar». También deben tener un indicador de velocidad y batería visible.
  • Sistema de frenado con dos frenos independientes que consiga una deceleración mínima de 3,5 m/s2. Freno de estacionamiento para los de más de dos ruedas.
  • Ruedas con un diámetro mínimo de 203,2 mm y algún tipo de dibujo, los neumáticos lisos no están permitidos.
  • Sistema de estabilización en aparcamiento (pata de cabra o caballete).
  • Plegado seguro con doble sistema de seguridad.
  • Catadióptricos frontales blancos, en ambos laterales (blanco o amarillo auto) y traseros en rojo. Luz de freno diferenciada o combinada con la trasera.
  • Avisador acústico.
  • Los de transporte de mercancías deben llevar reflectantes adicionales en aristas y vértices de la carga (laterales en amarillo auto y traseros en rojo). También tienen que llevar intermitentes, retrovisores, asistente de marcha atrás.
  • Marcaje de fábrica único con el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo que sea visible.
  • Portaidentificador con una identificación o etiqueta de registro en la parte trasera.

Todo eso es lo obligatorio para los patinetes eléctricos que se vendan a partir del 22 de enero de 2024 y para todos los que circulen tres años después. En todo caso, hay que recordar que no pueden circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, túneles urbanos o por aceras. Del mismo modo, sus conductores están obligados a cumplir las mismas normas de circulación que el resto.

Fuente: DGT

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