El tiempo está revuelto… Ahora llueve, ahora sale el sol. Un día parece que salimos de Invernalia y al siguiente casi tenemos que buscar el bikini en el armario. Ya se sabe que hasta el 40 de mayo no se puede sacar el sayo por lo que también es momento de conocer cómo se reclaman los siniestros causados por catástrofes naturales. ¡Hay que estar prevenidos!
Los afortunados que tienen el coche asegurado a todo riesgo pueden olvidarse de este artículo pero si te encuentras entre los que aseguramos a terceros y sufres las consecuencias de algunos de los variopintos desastres anturales, entonces prepárate para conocer los detalles de las compensaciones por este tipo de daños ya que tu seguro no cubre ningún fenómeno natural salvo que hayas incluido una ampliación que lo recoja expresamente.
El Consorcio de Compensación de Seguros es el encargado de sufragar los derrames producidos por determinados fenómenos de la naturaleza tales como inundaciones, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica (tornados y vientos de rachas superiores a los 120 km/h) y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
Sin embargo, el Consorcio no cubre los daños derivados de la lluvia sobre el coche, el granizo, el peso de la nieve ni tampoco la caída accidental de un árbol (ya que es responsabilidad del dueño del terreno). Eso sí, si tu coche a terceros estaba situado en una zona que el Gobierno declare catastrófica será este el que pueda indemnizarte.
Por su parte, en España las inundaciones son las que más afectan a nuestros coches por lo que se tramitan a la aseguradora igual que los demás siniestros. Y en el caso de que se haga cargo el Consorcio debes cumplir estos requisitos previos: tener contratado un seguro de daños propios y estar al corriente del pago del recibo de la prima de la póliza.
La gente atrevida disfruta de las carreteras sobre el agua estén congeladas o no pero los menos arriesgados vamos sobre seguro. Y lo mejor es estar preparado para cualquier circunstancia adversa que nos podamos encontrar en la carretera por lo que no debes olvidar los diez consejos para conducir con viento o conocer cómo pilotar sobre nieve.
¿Cómo reclamar al Consorcio?
Si has pagado el cargo correspondiente por daños de fenómenos naturales para reclamar debes presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de indemnización por daños materiales a través de su número de teléfono (902 222 665) o mediante formato online rellenando la solicitud oficial.
- Presentar una fotocopia del DNI, de las Condiciones Generales y Particulares de tu póliza del recibo de pago de la prima vigente.
- Acreditar los daños sufridos con fotos, presupuesto del taller y demás documentos que ayuden a certificar la catástrofe.
Cuando el Consorcio valide toda la información procederá a ponerse en contacto contigo para así establecer una cita con un perito en un taller que pueda dar el visto bueno indicándote asimismo la forma de pago.
Debes saber además, que el Consorcio exige un período mínimo de carencia para proceder a la indemnización, por lo que deben transcurrir al menos siete días desde la fecha de emisión de la póliza o desde la de su efecto.
Por otra parte, si el coste de la reparación es elevado lo más normal es que el Consorcio declare a tu vehículo como siniestro total y te indemnicen con el valor venal, es decir, el del mercado.
Asimismo, el Consorcio posee un régimen de compensación las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios sucedidos en España por lo que si estás en el extranjero y sufres uno de estos daños debes saber que el Consorcio solo se hace cargo si tu aseguradora está en nuestro país.