Todos sabemos de donde sale nuestros vehículo cuando lo compramos y a nada que investiguemos o preguntemos podemos conocer la fábrica donde nació nuestro coche, pero seguro que poca gente sabe que pasa con tu coche cuando se acaba su vida y lo llevas a un desguace.
De acuerdo con el RD 1383/ 2002, el usuario es el responsable de entregar el vehículo en el momento en el que éste ha llegado a su fin de ciclo de vida. Puede hacerlo, en el centro autorizado de tratamiento o en su caso en una instalación de recepción. En la página Web de Sigrauto se pueden consultar todos los centros concertados donde sin coste ninguno para el propietario, se podrá entregar el vehículo para su desguace.
Y te preguntarás ¿quién es SIGRAUTO?, pues bien, son la Asociación Española para el tratamiento medioambiental de los vehículos fuera de uso y nace por acuerdo de las asociaciones que representan a los principales sectores involucrados en la cadena de tratamiento de los vehículos al final de su vida útil
Si quieres jubilar a tu coche, no lo puedes hacer en cualquier sitio y te recomendamos que hables con tu taller de confianza, con la marca de tu coche o con SIGRAUTO, ya que los centros autorizados de tratamiento (CAT) son los únicos que por ley pueden procesar los vehículos que serán destruidos y dados de baja.
La primera operación a la que se someterán los vehículos será la descontaminación (separación o extracción de los fluidos y otros elementos peligrosos). Estos centros son autorizados por las respectivas Administraciones Autonómicas que deben verificar que cumplen con las nuevas exigencias legales.
Una vez te dirijas a uno de estos centros por obligación deberá acompañar a la entrega del vehículo y a efectos de su baja en el Registro de Vehículos los siguientes documentos:
– Solicitud de baja en impreso modelo oficial con los datos y firma de la persona titular del vehículo.
– Documentos que acreditan la identidad o titularidad del vehículo.
– Permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica del vehículo y fotocopia cotejada del documento acreditativo de haberse abonado el último recibo puesto al cobro del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, si el vehículo tienen una antigüedad inferior a 15 años.
Vía: SIGRAUTO