Seguro que alguna vez te has preguntado, o te han preguntado, si al cometer una infracción en el extranjero tendrás que pagar la multa. Hasta hace poco, había una probabilidad de que nunca te llegara, debido a la dificultad de saber el titular del vehículo, y una de cada cuatro multas se quedaban sin pagar. Pues bien, la respuesta a partir de ahora es sí para los países Europeos. Si antes no había que cometer infracciones ni en España ni en el extranjero, ahora menos, puesto que esa «impunidad» ha terminado.
Con la nueva normativa de circulación (2015/413) de la Unión Europea eso de aprovechar las vacaciones para saltarse las reglas se ha acabado. Esta normativa busca facilitar el intercambio fronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materias de seguridad vial. Es decir, los estados miembros, excepto Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, podrán acceder a las bases de datos de registro de vehículos de otros países.
Según Automovilistas Europeos Asociados, el 5% de los conductores que circulan por España son extranjeros, y de esos, entre un 10% y un 30% se saltan las normas, por lo que gracias a esta nueva normativa la Dirección General de Tráfico conseguirá aumentar sus ingresos de forma significativa.
Las infracciones por las que otros países podrán sancionarnos son:
- Exceso de velocidad
- No utilización del cinturón de seguridad
- No detención ante un semáforo en rojo
- Conducción en estado de embriaguez
- Conducir bajo la influencia de las drogas
- No utilización del casco de protección
- Circulación por un carril prohibido
- Utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción
Por lo tanto, si vas a viajar infórmate de las normas de seguridad vial en cada país. Puedes hacerlo con la aplicación de la Comisión Europea: «Viajar al Extranjero», dispone de la información que los propios países envían.
Fuentes: DGT, AEA