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REDACCIÓN

27 Junio, 2010

Tres nuevas medidas para la Seguridad Vial

El pasado miércoles se oficializó mediante la publicación del BOE de la última reforma del Código Penal. En el mismo se establecen varios cambios respecto a los delitos relacionados tanto con el tráfico como con la Seguridad Vial. Todos ellos de relativa importancia y a tener en cuenta.

El primero de los casos es la medida que posibilita a los jueces a decretar pena de cárcel para aquellos que sobrepasen, en gran medida, la velocidad máxima permitida: 60 Km/h en un trayecto urbano o 80 Km/h por vías interurbanas. Las penas que se podrán estipular variarán de 3 a 6 meses dependiendo de la gravedad del delito que se haya cometido.

Del mismo modo, adyacente a esta, se establece que los jueces podrán decomisar los vehículos implicados en los delitos tales como: conducir por encima de la velocidad máxima permitida, conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, circular sin el carné de conducir en regla, etc. Esta medida se llevará a cabo cuando, bajo circunstancias especiales, no se aplique la pena de cárcel.

Dicha medida ya cuenta con voces discrepantes y es que es importante recordar que la RAE define decomiso como la “Pena accesoria a la principal que consiste en la privación definitiva de los instrumentos y del producto del delito o falta.” Desde la AEA (Automovilistas Europeos Asociados) se cree que estamos ante una decisión desproporcionada. Ofrecen la alternativa, más viable, del depósito del vehículo en lugar del decomiso. Algo razonable ya que, ¿qué ocurriría si la persona que comete el delito no es el titular del vehículo? ¿Cómo se llevaría a cabo la medida disciplinaria? Hay muchas lagunas que deberían resolver.

Como última medida, pero no menos controvertida, se instaura la obligatoriedad de someterse a pruebas de detección de drogas. Ya que hasta ahora era algo voluntario. Un hecho contrario a los test de alcoholemia convencionales. Lo fundamental de esta medida es que la negación del conductor supondrá un delito contra la seguridad del tráfico. Por lo tanto, se incluye una pena de prisión de 6 meses a un año. A esto hay que sumarle que se privará del permiso de conducir de entre 1 y 4 años.

Esta reforma entrará en vigor el próximo mes de diciembre. Lo más seguro es que hasta entonces se escuchen voces a favor y en contra de las medidas de prisión y la obligatoriedad de los test de consumo de drogas. Por no hablar del decomiso del vehículo. Un hecho que sobrepasa cualquier expectativa.

Vía | Elmundomotor

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