La marcha atrás es una acción que probablemente utilicemos a diario en el coche. La famosa ‘R’ en la palanca de cambios sirve para que el vehículo se mueva en la dirección contraria de la circulación, como su propio nombre indica. A pesar de estar muy extendido su uso, el Reglamento de Circulación prohibe como norma general el circular hacia atrás. Por lo tanto se tendrá que limitar esta práctica a ciertas maniobras que sí que están permitidas o podremos ser sancionados con una multa.
Cómo utilizar la marcha atrás
Según el artículo 31 de la ley de Tráfico y Seguridad Vial, la marcha atrás está permitida cuando «no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha y como maniobra complementaria de otras”. Un ejemplo muy claro sería el de la entrada en un callejón sin salida en el que no se puede salir de otra forma. Cuando se refiere a «maniobra complementaria de otras» también se especifica cuáles para que no haya ningún tipo de duda.
Se puede utilizar la marcha atrás para complementar una parada (de dos minutos cómo máximo, como especifica la ley), de un estacionamiento (la que empleamos más habitualmente) y también para incorporarse a la circulación desde el propio estacionamiento. Es legal en las maniobras anteriores con la condición de que nunca se recorran más de 15 metros y que tampoco se llegue a invadir un cruce de vías.
Para el uso de la marcha atrás, la DGT tiene la regla RSM. Como se trata de un movimiento antinatural (el vehículo está preparado para ir hacia delante y el conductor está orientado en esa posición), hay que hacerla con mucha precaución. Retrovisor, Señalización y Maniobra; eso es lo que significan las siglas de la DGT, que hacen referencia al orden con el que hay que empezar esta acción. Siempre sin prisa y comprobando todo el entorno.
Como el asiento está dirigido a la parte delantera, el conductor cuenta con la ayuda de los retrovisores (tanto los laterales como el interior), que servirán para observar que la maniobra se puede hacer con seguridad y sin afectar a la circulación de otros vehículos. Una vez se ha comprobado, es igual de importante señalizar la maniobra con el intermitente para alertar a los conductores y peatones, para que conozcan las intenciones.
Con la marcha atrás ya seleccionada y habiendo hecho lo anterior se puede proceder a ir en la dirección contraria de la marcha (sin rebasar esos 15 metros que dice la ley). Otros consejos adicionales que se podrían añadir a lo anterior es no ir marcha atrás con el embrague pisado a fondo o en punto muerto (dejar caer el coche), pues costará más frenarlo y la reacción será más lenta. También en algunas ocasiones o con mala visibilidad puede ayudar que otra persona de indicaciones desde el exterior del vehículo.
Multas por ir marcha atrás
La marcha atrás está prohibida siempre en autopistas y en autovías, sean cuales sean las circunstancias. Eso significa que su uso está catalogado como una infracción grave y se pena con una multa bastante ejemplar. Por ejemplo, si nos pasamos un desvío en una de estas carreteras y tratamos de dar marcha atrás para llegar a su entrada, nos llevaremos una multa de 200 euros y 4 puntos de penalización en el carnet.
Hay una excepción con la marcha atrás en autopistas y autovías, pues los vehículos prioritarios en servicios de emergencia (policía, Guardia Civil, bomberos, ambulancias y Protección Civil) pueden utilizarla de forma excepcional. Solo lo harán cuando sea estrictamente necesario para llegar antes a su destino y siempre que no se comprometa la seguridad del resto de usuarios de la vía.
Fuente: DGT