Los drones están de moda. Esos pequeños vehículos aéreos no tripulados poco a poco van inundando el planeta. Se postulan además como el futuro repartidor. La prueba está en Ruanda, primer país que empleará drones para repartir medicamentos y bolsas de sangre. Son los salvavidas con alas. La revolución del transporte que viene.. e incluso del mundo de la competición… y todo el mundo quiere ser piloto de drones.
Los repartidores y deportivos voladores ya están aquí y han venido para quedarse. Ante la incipiente atracción por estas aeronaves el gobierno ha tenido que acelerar las leyes que regulan su pilotaje ya que “los drones no son juguetes” como bien advierte la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Por eso hay que tener en cuenta estos consejos:
Tipos de drones
La normativa divide a los drones en dos categorías. Por una parte, encontramos a las aeronaves no tripuladas con un peso inferior a 2kg y, por otro lado, están los drones con peso entre los 2 kg y los 25 kg. Ambos tipos deben incluir de forma obligatoria una placa identificativa en la que se observe el nombre del fabricante del aparato así como los datos fiscales de la empresa que lleva a cabo estas operaciones.
En el caso concreto de los drones que pesan menos de 2 kg no será necesario que estén inscritos en el registro de aeronaves ni tampoco disponer de un certificado de aeronavegabilidad, documentos que sí son obligatorios para las demás aeronaves.
Espacio aéreo
El espacio para pilotar nuestras aeronaves, manipuladas mediante control remoto, es decir, los comúnmente conocidos como drones (RPAS), pertenece a la AESA por lo que cualquier tipo de actividad comercial o civil deberá obtener un permiso oficial de este organismo como mínimo 5 días antes de llevar a cabo cualquier operación en el aire.
La legislación establece que está totalmente prohibido sobrevolar núcleos urbanos o espacios con una alta masificación de personas, a no ser que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea consienta de forma especial este vuelo. Asimismo, no se puede volar cerca de aeropuertos u otras zonas donde se realicen planeos con otras aeronaves a baja altura.
Pero y, ¿qué pasa con los espacios cerrados? En estos lugares no se aplicará la ley ya que no forman parte del espacio aéreo, por lo que no habrá impedimento a la hora de pilotar un dron mientras que el espacio esté cerrado de verdad y los dueños den permiso para sobrevolar en su territorio.
Normativa
Las ventas de drones siguen creciendo a un ritmo exponencial por lo que la legislación de la AESA recomienda además de las ya citadas, esta serie de reglas inquebrantables:
- Siempre mantenerlo en el campo de visión y no superar los 120 metros de altura.
- Saber volar con seguridad.
- Pilotar drones solamente en zonas adecuadas para ello (por ejemplo, en zonas de vuelo de aeromodelismo, zonas despobladas…)
- Los daños que cause el dron son responsabilidad del piloto.
- Debes respetar la Ley de Protección de Datos si captas imágenes o información con el dron.
- No se pueden sacar por la noche.
- No se puede poner en peligro a terceros.
Para el uso de drones con carácter civil en España, las empresas deberán contar con un manual de operaciones cumplimentado siguiendo el estándar proporcionado por el Ministerio, además de disponer de un estudio de seguridad de cada una de las operaciones que se vayan a llevar a cabo. El incumplimiento de estos requisitos conllevará las multas comentadas con anterioridad.
Estos puntos se amparan en diversas leyes españolas: la Ley 18/2014 que regula las operaciones civiles de las aeronaves cuyo peso es inferior a 150 kg y el Real Decreto 552/2014 en el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea. Además, se ha modificado el Real Decreto 57/2002 para poder aprobar así el Reglamento de Circulación Aérea.
Cabe tener en cuenta además las normas de la Real Federación Aeronáutica Española, las Federaciones Deportivas Aeronáuticas de las Comunidades Autónomas y, sobre todo, las propias leyes de las comunidades y las ordenanzas de los municipios ya que por ejemplo en Pamplona los drones están blindados en los San Fermines.
Carné de piloto
Para poder pilotar ambos tipos de drones es necesario contar con un carné oficial de piloto. Si la persona que va a manejar la aeronave no tripulada ya cuenta con un permiso de piloto de avión, ultraligero u otro específico no será necesario obtener dicha titulación aunque cabe señalar que esta licencia debe haber sido validada hasta un máximo de 5 años antes de su presentación.
Asimismo, también se puede certificar mediante la superación de los exámenes que acreditan la licencia de piloto expedido por un Estado miembro de la Organización Civil Internacional de Aviación (OACI). Mediante la licencia expedida por una escuela ATO (certificada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea). Hay que prestar especial atención a este punto ya que no todas las escuelas tienen este permiso. La página Drone Spain ha creado una lista con todas las ATO que existen en España distribuidas por provincias.
En el caso de ser ya piloto de ultraligeros se puede acreditar la licencia para pilotar drones mediante un certificado individual de aptitud tras haber realizado el examen oficial de conocimientos teóricos. Y si formas parte de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil se regulará la valoración de la formación teórica y práctica así como la experiencia como piloto de helicóptero adquirida dentro de estos servicios. Y es que todas las titulaciones aeronáuticas convalidan la parte teórica, no así la práctica.
En caso contrario, si no se puede certificar los anteriores permisos habrá que cursar una serie de exámenes y pruebas para finalmente poder adquirir el carnet oficial de piloto de drones. En concreto, hay que superar un examen teórico realizado tras un curso de 60 horas de formación, un examen práctico después de recibir 4 horas de manejo del dron así como un certificado médico de clase 2 o ATPL (el de ultraligero).
Cabe destacar, que el examen práctico solo te habilita para manejar solamente un modelo en concreto por lo que legalmente no podrás manejar ningún otro. En las escuelas, el modelo más empleado es el DJI Phantome 2 por lo que debes buscar una ATO que posea el dron que quieres o vas a pilotar. Debes saber además que te pueden habilitar otros modelos pagando siempre las tasas de un nuevo examen práctico.
Hay también dos tipos de cursos:
- Normal: te habilitan para poder volar como piloto siempre y cuando tengas en el campo de visión al dron.
- Avanzado: puedes pilotarlo todo lo lejos que el sistema FPV te permita, esto quiere decir que, tienes permiso siempre que poseas una pantalla en la que puedas visualizar dónde se encuentra y las cosas que ve tu dron.
El temario es similar al impartido en la titulación de piloto de avioneta, por lo que la formación se compone de numerosos elementos aeronáuticos. Al ser una titulación nueva los temas son un recopilatorio de otros permisos agregándole nuevos basados en el manejo de aeronaves no tripuladas. Por lo que si eres aeronáutico obtendrás la certificación en cuestión de una semana sino lo sacarás entre 3 y 5 semanas.
Por último, hablaremos de las tasas de cada parte del carné. Debes saber que se puede obtener formación teórica online cuyo precio ronda los 500 euros o presencial por un valor de 1.200 euros. Además, por las prácticas más el examen práctico pagarás alrededor de unos 300 euros y si solo debes pagar las tasas del examen debes tener a mano 150 euros. En cuanto al certificado médico de clase 2 rondará los 120 euros mientras que el de ATPL está por los 80 euros. Un amplio abanico de cifras que aumentarán o no dependiendo de tus circunstancias y del carnet de piloto de dron que quieras sacarte.
Multas
En primera instancia, es necesario controlar el tráfico como si de un avión o un coche se tratase, por lo que la NASA ha decidido desarrollar un nuevo sistema capaz de controlar el tráfico de vehículos aéreos no tripulados. En cuanto hablamos de nuestro país, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), organismo dependiente del Ministerio de Fomento, es el encargado de regular el uso de drones. Y es que este auge ya ha provocado que la AESA haya interpuesto 500 sanciones en tan solo 6 meses.
Las multas por infringir la normativa vigente pueden llegar a alcanzar los 250.000 euros en el caso de particulares y llegar a superar los 4,5 millones de euros en el caso de las empresas. De momento, la mayoría de las infracciones cometidas por personas físicas se han producido al usar las aeronaves en lugares con aglomeración de gente (eventos deportivos o conciertos, por ejemplo) o asimismo por emplear sin licencia drones que superan los 25 kg. Por el otro lado, las personas jurídicas según la AESA han sido multadas al emplear los drones para reportajes fotográficos, al utilizar las aeronaves para uso agrícola y además al carecer de licencias.
Fuente: AESA