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Luis Ramos Penabad

¿Qué pasa con las transferencias de vehículos en el estado de alarma?

Muchos se lo han preguntado (y nos lo han preguntado). ¿Qué ha ocurrido con las matriculaciones de vehículos o los cambios de titularidad durante el estado de alarma? No nos referimos a las ventas de coches (los datos de marzo y abril son de sobra conocidos, sino al papeleo necesario para formalizar esas matricualciones y transferencias de vehículos

La respuesta a ello está, como tantas cosas de nuestras vidas en esta convulsa época, en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Ahí leemos que la Dirección General de Tráfico (DGT) ofrece una moratoria de hasta un mes tras la finalización del estado de alarma para presentar presencialmente los documentos necesarios para la formalización de las matriculaciones de vehículos o los cambios de titularidad, siempre que estos no se pudiesen realizarse de forma telemática (como mediante Paycar).

Según la disposición publicada en el BOE, esta excepcionalidad en la norma se aplicará cuando no sea materialmente posible acreditar alguno de los requisitos necesarios para realizar la matriculación o el cambio de titularidad de un vehículo en remoto, «por requerir necesariamente una tramitación no telemática».

Los solicitantes podrán, de manera excepcional, suscribir una declaración responsable en la que indicaan que cumplen con todas las circunstancias establecidas por la normativa sectorial aplicable para la obtención o cumplimentación de dichos requisitos.

Eso sí, quienes se acojan a esta situación de excepcionalidad tendrán que formalizar ante la Administración competente dichos requisitos «tan pronto sea posible» o en un plazo máximo de un mes desde la finalización del estado de alarma, como indicábamos.

El Real Decreto del 14 de marzo interrumpía los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, entre las que se encuentra la atención al público de las jefaturas y oficinas locales de la DGT. Tuvo un impacto directo en el flujo ordinario de tramitación de las matriculaciones y cambios de titularidad de vehículos, ya que en estos procesos «no siempre es posible la cumplimentación y acreditación telemática de determinados requisitos», según indican desde la DGT.

Para no impedir la puesta en circulación de vehículos (podían ser necesarios para garantizar el  transporte de mercancías y abastecimiento de productos a la población) se optó por esa moratoria de hasta un mes finalizado el estado de alarma. Quienes estén en esa situación tendrán, como decíamos, que acudir de forma presencial a las delegaciones de la DGT para culminir el proceso.

Fuente: DGT

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