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MARIO NOGALES

15 Marzo, 2021

Te tienen que adjuntar dos fotos distintas del radar para que la multa sea válida

La gran mayoría de conductores habrán sentido alguna vez en su vida esa desagradable sensación que produce recibir una multa inesperada. Unas de las más habituales son las infracciones por exceso de velocidad detectadas por los radares fijos, pero ahora podría cambiar un aspecto importante al respecto. Para que sea válida la multa deberá adjuntar dos fotos distintas del radar documentando ese exceso de velocidad, no bastará con solamente una.

Así lo ha dictaminado la justicia después de que un usuario recurriese una sanción. El juez del Juzgado Contencioso-Administrativo número 5 de Córdoba fue el que le dió la razón después de que recibiese una multa por un radar fijo que no contaba con operador. La DGT aportaba dos fotogramas (uno de ellos una ampliación del otro) de la misma fotografía. El juzgado desestimó su validez al considerar que es necesaria otra imagen. Esta sentencia abre la puerta a que muchos usuarios puedan recurrir por situaciones similares.

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Según la orden ITC/3699/2006, de 22 de noviembre, «salvo que el instrumento (el radar) sea capaz de seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, a los instrumentos instalados de forma fija y diseñados para operar bajo circunstancias donde no es posible la presencia continua del operador que vigile sus especificaciones de funcionamiento, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo; el otro, su placa de identificación».

Dvuelta ha sido la empresa que ha conseguido recurrir esta multa y no han dudado en resaltar «el desprecio de la DGT por los conductores» hablando de los recursos de las multas. También defienden la nulidad de las multas de radares fijos y animan a recurrirlas, ya que no suelen adjuntar dos fotografías en momentos diferentes a la denuncia. Todavía está por ver la respuesta de la DGT a esta cuestión, pues es complicado que lleguen a invalidar este tipo de sanciones ya impuestas y para que sean válidas a partir de ahora tendrán que modificar los cinemómetros.

Fuente: El Español

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