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Luis Ramos Penabad

Cien mil retiradas de carné por puntos fantasma

Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la aplicación última reforma de la Ley de Tráfico, que entró en vigor parcialmente en noviembre de 2009, se ha interpretado de forma errónea por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Esa reforma de la Ley redujo de 27 a 19 el número de infracciones por las que se pierden puntos. La DGT estableció que “los procedimientos de pérdida de vigencia por agotamiento del saldo de puntos” que se encontraran en fase de tramitación o de revisión en el momento de entrada en vigor de la reforma no se veían afectadas por la norma. Según la DGT tenían origen en sanciones firmes ya anotadas en el Registro de Conductores e Infractores.

En virtud de esta interpretación, perdieron su licencia los conductores a los que en el momento de entrar en vigor la última reforma de la Ley de Tráfico se les estaba tramitando la retirada del carné. Esto ocurrió aunque algunas de las infracciones que habían cometido y que habían dado lugar a que se les quitara el carné no implicaran la retirada de puntos con la nueva reforma, como es el caso de circular sin alumbrado o dificultar el adelantamiento. Por esta razón muchos los llaman ya «puntos fantasma».

El caso es que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valencia acaba de dictar ahora en una sentencia que los procedimientos de pérdida de vigencia iniciados cuando entró en vigor la última reforma de la Ley de Tráfico están afectados por el “principio de retroactividad de Ley más favorable”.

El juzgado ha dado la razón a la AEA, que recurrió la retirada del carné de conducir de un automovilista que había perdido su permiso de conducir al sumar seis multas por estacionar en carril bus en Valencia. Esta sanción estaba castigada con la retirada de dos puntos hasta noviembre de 2009, pero a partir de esa fecha, (por la reforma de la Ley de Tráfico), dejó de restar puntos.

El juzgado valenciano ha dado la razón al conductor y han señalado que la retirada de su carné de conducir, ordenada por la DGT, no era “conforme a derecho” porque Tráfico no aplicó el principio de retroactividad de Ley más favorable.

Desde AEA, advierten que el caso de este conductor “no es aislado” sino que, al tratarse del criterio utilizado por Tráfico “con carácter general para todas las pérdidas de vigencia del permiso de conducir decretadas” a partir de la entrada en vigor de la última reforma de la Ley de Tráfico, alrededor de 100.000 conductores se podrían encontrar en la misma situación.

La sentencia del Juzgado de Valencia constituye un importante precedente judicial y pone en evidencia una actuación ilegal de la DGT frente a los legítimos derechos de los ciudadanos.

¿Qué infracciones dejaron de restar puntos con la entrada en vigor de la última reforma? Aparcar en carril bus, circular sin alumbrado, la conducción negligente, el estacionamiento en curvas, rasante, túnel o intersecciones, superar en un 50 por ciento la ocupación de vehículos o la dificultad en el adelantamiento.

Fuente: AEA

  • carné de conducir
  • DGT
  • multas
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