Ya hemos hablado en varias ocasiones del tema de llevar mascarilla en el coche. Muchos usuarios tenían dudas sobre las ocasiones en las que era obligatorio y en las que no, porque incluso hay sanciones por un mal uso de este elemento sanitario. Ahora vuelve a haber cambios en la regulación. Aunque se podía esperar que nos olvidásemos de llevarlas con el paso de la desescalada a la «nueva normalidad», el Gobierno mantiene obligatoriedad del uso de mascarilla durante esa etapa y hasta nuevo aviso.
Hay que aclarar que esta obligación no es universal, pues hay algunos casos en los que no es necesario llevar mascarilla en el coche. Hablamos e los desplazamientos en los que va solamente una persona en el vehículo o cuando los ocupantes conviven en el mismo domicilio. Por otro lado, también están exentos de su uso los niños menores de seis años o las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.
¿Entonces cuándo es obligatorio llevar mascarilla en el coche? Pues básicamente en el resto de casos, cuando se viaja acompañado por personas no convivientes. Es la misma medida que se ha estado aplicando en las distintas fases de la desescalada, pero extendida en el tiempo a partir del 21 de junio, que es cuando algunas provincias podrán empezar la «nueva normalidad». Tendremos que estar pendientes, pues todavía no se ha anunciado una fecha de vigencia para esta medida.
No usar la mascarilla en el coche en los casos anteriores se considera una infracción leve, por lo que puede ser sancionado con multa de hasta 100 euros. El uso de este elemento sanitario también es obligatorio en el transporte público, así como en autobuses, ferrocariles, además de transporte aéreo y marítimo. Otra de las medidas que se ha aprobado en este Real Decreto ha sido la de reducir la distancia de seguridad a 1,5 metros (antes 2 metros), algo que está pensado más para comercios y hostelería, y que no afecta especialmente al transporte.