Hace un mes conocíamos un dato que ofrecía la Guardia Civil. Entre los días 5 y 11 de junio, la Guardia Civil realizaba una campaña especial de consumo de alcohol y drogas, con un total de 158.000 pruebas. De ellas, 1.959 fueron de drogas y nada menos que el 33,5% de los mismos dio positivo.
No hay que ser un experto para ver que se trata de un porcentaje muy alto. Obviamente, solamente se realizaron estas pruebas a conductores con síntomas de haber ingerido alguna de sustancia, que habían cometido alguna infracción o que se habían visto implicados en un accidente.
Los 657 positivos (442 lo hicieron por haber consumido cannabis, 268 por cocaína y 88 por anfetaminas) contrastan con los 1.626 positivos de alcohol de los 156.982 realizados, el 1,03%. Da escalofríos pensar que uno de cada 100 coches que te encuentras es conducido por alguien bajo los efectos del alcohol… De ahí que estos controles cada vez vayan a ser más frecuentes, según confirman desde la Guardia Civil.
Pero, de igual modo que pocos discuten que el «globo» mide de forma correcta que esa persona está bajo los efectos del alcohol… ¿qué ocurre con la «piruleta» que se utiliza para medir que un conductor se ha drogado? Conozco personalmente el caso de Jaime (nombre ficticio), que perdió 6 puntos del carné después de que le realizasen un control un lunes por la mañana, y no fumaba cannabis desde la tarde del domingo, más de doce horas antes.
Es innegable que pudiera existir presencia de estupefacientes en el organismo… pero también que no conducía bajo los efectos de la droga. Su caso no es único. Muchos fumadores de cannabis, sobre todo habituales, aseguran que el drogotest que realiza la Guardia Civil no es fiable. Y de hecho, en un caso casi calcado al de mi conocido, unos abogados han recurrido al Tribunal Constitucional porque su defendido, de Santander fue sancionado «por llevar una sustancia en el organismo más que por sus efectos».
Se sanciona tener una sustancia en el organismo, más que sus efectos
Fue tras la refoma de la Ley de Tráfico en 2014 cuando se acuñó el término «presencia de drogas en el organismo», sin importar la cantidad. Antes tenía que acreditarse esa influencia para multar (pupilas dilatadas, habla pastosa, dificultades para coordinar movimientos…». Desde las asociaciones canábicas aseguran que el hecho de que la Lay hable solamente de presencia, «no es constitucionalmente sostenible».
En ese recurso al constitucional se argumenta también que no existe un instrumento calibrado por el Instituto Nacional de Metrología (como ocurre, por ejemplo, con el margen de error de los radares). Tal y como aseguran los abogados en Next, no existe una orden de certificación o la norma que lo regula, como los alcoholímetros, por lo que «dependiendo del laboratorio al que se mande la muestra puedes tener un resultado u otro». Como además los cannabinoides son liposolubles, quedan almacenados en la grasa corporal y se liberan poco a poco.
Desde la DGT se defienden y aseguran a Next que los drogotest «están calibrados para dar positivo si la persona ha consumido en torno a las cinco o seis horas previas y que, si ha pasado más tiempo, habría consumido más cantidad«. Y no ven necesario el control metrológico ya que se busca «si o no», no una medición… y que los detectores se han calibrado para que la cantidad sea significativa.
Si el conductor da positivo, se toma una segunda muestra de saliva, que se introduce en un recipiente de vidrio que los agentes precintan y envían en un centro donde se cuantifica, además de confirmar el positivo».
En Next hablan con diferentes expertos. Según algunos, los positivos indican que una persona ha consumido entre tres y nueve horasantes de realizarlo, como mucho. Pero otro estudio indican que el 64% de los consumidores diarios de cannabis daría positivo 30 horas después de fumar (midiendo los 15 ng/ml del drogotest) y lo mismo sucedería con el 20 % de los consumidores ocasionales.
No se trata de un asunto baladí, ya que en caso de accidente la presencia de drogas en el cuerpo puede hacer que el seguro del coche no cubra los daños… y podría suponer un grave problema para ellos. De todos modos, no creemos que se modifique ninguna ley a corto plazo, ya que, al igual que un porcentaje de conductores no ve mermada sus capacidades de conducir incluso superando la tasa de alcoholemia estipulada, compensa retirar de las carreteras a ese mayor porcentaje que sí se ve afectado, en aras del bien común… incluso a sabiendas que en algunos casos la ley no sea del todo justa.