Por norma general, cuando circulamos por la calle, la gran mayoría de los coches que vemos tienen una matrícula con el fondo blanco. Sin embargo, en España existen otras matrículas en base a las distintas situaciones bajo las que pueda circular un vehículo. Si son azules, quiere decir que estamos ante un taxi o un VTC (Vehículo de Transporte Compartido), mientras que si es verde o roja significa que estamos ante una matrícula provisional. Hoy nos centraremos en las últimas.
De cara a empresas como compraventas o concesionarios puedan circular con los vehículos no matriculados (y así los clientes puedan probar los vehículos), o los talleres puedan transportarlos mientras se trabaja sobre ellos, es posible obtener unas placas para circular de manera temporal, siempre que sea para una empresa. Estas placas, de color rojo, están asociadas a unos permisos temporales de circulación que te permiten circular mientras hasta que llegue la matrícula definitiva.
Existen dos tipos de placas rojas:
- Para vehículos no matriculados en España, por ser nuevos o usados de importación, se emplea una matrícula roja con la letra “S”.
- Para vehículos que están dados de baja temporal por transmisión se adopta una placa roja con una “V”.
El permiso se concederá por un período improrrogable de 1 año, contado desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su expedición. Para poder circular con el permiso temporal de empresas (las matrículas rojas), es necesario tener un libro-talonario de boletines de circulación. Antes de cada viaje, deberás rellenar uno de los boletines con los datos del vehículo, conductor e informando del trayecto y personas que circulan. Dichos boletines se pueden adquirir en los centros autorizados de expedición de placas de matrícula y en algunas editoriales.
¿Qué necesitas para poder acceder a una matrícula roja?
La matriculación temporal debe hacerla el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre. Para poder pedir a la Dirección General de Tráfico (DGT) se hace necesario presentar la siguiente documentación:
- Solicitud rellena del impreso oficial.
- Identificación del interesado:
- Personas físicas: documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
- Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme.
- Justificante de haber realizado el pago de la tasa correspondiente o resguardo de esta.
- Justificante de tener licencia municipal de apertura de establecimiento de actividad relacionada con el vehículo.
- Último recibo de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) puesto al cobro, o acreditación oficial de realizar este tipo de actividad, si no se es sujeto pasivo de este impuesto. También se puede autorizar a la DGT una comprobación telemática del IAE y no presentar dicho recibo. En el caso de Laboratorios Oficiales hay que presentar documento acreditativo de la autorización de la actividad expedido por el órgano competente.
Para el supuesto especial de permisos para pruebas o ensayos de investigación extraordinarios será necesario, además de lo anterior, presentar:
- Acreditación de estar en posesión previa del permiso temporal de empresa.
- Justificación de la necesidad de la petición.
¿Dónde hay qué acudir? ¿Cuánto cuesta?
Para obtener el permiso temporal de un vehículo hay que abonar una tasa por valor de 20,20 euros. Los boletines de circulación se pueden comprar en centros autorizados de expedición de placas de matrícula. Para efectuar el pago, bien puedes hacerlo por Internet a través de la aplicación de pago de tasas, presencialmente en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico o en una entidad financiera adherida al pago de tasas. Recuerda que hay que solicitar cita previa por Internet o llamando al 060.
¿Qué es lo más importante que se ha de tener en cuenta?
Como se ha mencionado una líneas más arriba, el permiso temporal se concederá por un período de 12 meses y se empieza a contar desde el primer día del mes siguiente a la fecha de expedición. ¿Puedo circular libremente con ellas durante un año entonces? No. Únicamente cuentas con la autorización para realizar los trayectos que permita el permiso temporal. Queda expresamente prohibido por tanto vender y entregar un vehículo para su uso cotidiano con estas matrículas.
Tampoco olvides de llevar siempre el Permiso temporal, un Boletín de Circulación rellenado por el titular de dicho permiso para cada viaje, y la Tarjeta de inspección técnica en los casos en los que se trate de una transferencia de titularidad. Para aquellos coches extranjeros que viajan por España, se debe llevar también el correspondiente permiso de circulación temporal del país del que procedan. Por supuesto, circular con unas matrículas rojas implica, como en cualquier otro vehículo, tener un seguro contratado.
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