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Gonzalo Yllera

Multas de radares sin compensar el margen de error

Los hechos han sido denunciados por la organización de defensa de los conductores: Automovilistas Europeos Asociados (AEA). Desde que entró en vigor la reforma de la Ley de Tráfico en materia de sanciones, el pasado mes de mayo, la Dirección General de Tráfico, el Servei Catalá de Transit, los servicios territoriales de tráfico del Gobierno Vasco, y numerosos ayuntamientos están imponiendo sanciones a cientos de miles de automovilistas españoles en mayor cuantía de la prevista legalmente y detrayendo puntos que no deben ser retirados.

Según el presidente de AEA, Mario Arnaldo: «La razón de esta grave ilegalidad se encuentra en la errónea interpretación que distintas administraciones con competencia en materia de tráfico están haciendo de la nueva Ley de Tráfico, ya que el nuevo cuadro de sanciones previsto en su Anexo IV se está aplicando directamente sin tener en cuenta los márgenes de error que la Ley de Metrología obliga a aplicar en las mediciones de velocidad obtenidas por radares».

En el art. 70. 2 de la nueva Ley de Tráfico establece expresamente que  «Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología y su normativa de desarrollo».

Según la Orden del Ministerio de Industria /3699/2006, de 22 de noviembre, se contempla la aplicación de un margen de error máximo de un 4%, si se trata de un radar fijo, o de un 7%, si se trata de uno móvil.

«Es decir, que sobre lo que marca la fotografía hay que aplicar los márgenes de error legalmente establecidos para cada radar. Y eso no es lo que está haciendo ni la DGT, ni el Servei de Tránsit, ni el Gobierno Vasco, ni más de una decena de ayuntamientos – afirma el presidente de AEA- que están imponiendo sanciones muy por encima de lo que marca la Ley».

Cuadro de Sanciones

También destaca AEA que entre los municipios que no lo hacen bien, además de la DGT, el Gobierno Vasco y la Generalitat de Cataluña, estarían ayuntamientos como el de A Coruña, Alicante, Murcia, Valencia, Valladolid, y Zaragoza. Por el contrario sí hay ayuntamientos que aplican correctamente los baremos, entre los que se encuentran los de Madrid, Barcelona Bilbao, Córdoba y Málaga.

Por ejemplo: en el caso de que un conductor viaje a 151 kilómetros por hora en una vía autorizada solo a 120 km/h, dependiendo de si este hecho se produce bajo una jurisdicción u otra tendrá una sanción diferente. Si es la propia DGT la que impone la multa (o el Servei de Tránsit, el Gobierno Vasco, o los ayuntamientos anteriormente nombrados) la sanción será de 300 euros y 2 puntos menos del carné. Si, en cambio, la infracción se realiza en el resto (que aplican, como es preceptivo, los márgenes de error legalmente establecidos) la sanción será de 100 euros y sin pérdida de puntos.

AEA calcula que desde que entró en vigor la nueva Ley de Tráfico, se han podido imponer cerca de cien mil multas por exceso de velocidad, cuya sanción no está correctamente graduada porque no se ha aplicado los márgenes de error legalmente establecidos.

Via | Automovilistas Europeos Asociados (AEA)

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