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Luis Blázquez

Dirección Electrónica Vial: así es el buzón de multas de la DGT

La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un buzón electrónico donde se reciben todas y cada una de las comunicaciones y notificaciones que la Dirección General de Tráfico (DGT) y otras entidades competentes crean de manera telemática con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel.

Tráfico asignará directamente una DEV a todo titular de un permiso o licencia de conducir, o del permiso de circulación de un vehículo. Esta dirección se decidirá automáticamente a las autorizaciones de las que disponga su titular en los registros de vehículos y de conductores e infractores fichados por la DGT. Desde la misma plataforma de notificación se informa de los procedimientos por los cuales se notifica a través de la DEV, que accesible para todos los ciudadanos y empresas registrados las 24 horas del día.

¿En qué consiste la Dirección Electrónica Vial?

Lo primero es destacar que la Dirección Electrónica Vial (DEV) no se ha diseñado solo para recibir notificaciones de la DGT. La plataforma se creó para permitir su uso a los organismos de las diferentes administraciones con competencias en materia de tráfico, que además de la DGT, también incluye a la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, el Servicio Catalán de Tráfico o los Ayuntamientos adscritos al sistema. Todos ellos notificarán sus procedimientos mediante la DEV.

El funcionamiento es el mismo sin excepción, y una vez dado de alta en la DEV, todos los organismos de tráfico notificarán mediante esta vía. A través de un buzón electrónico, todo usuario puede comprobar la existencia las notificaciones de procedimientos sancionadores, avisos e incidencias relacionados con las autorizaciones administrativas. Al mismo tiempo, también se le informa enviándole un aviso a su dirección de correo electrónico y un SMS al teléfono móvil.

A partir del alta, cuando la DGT −o el organismo pertinente− tenga que enviarte algún tipo de notificación, principalmente de una multa o sanción, lo hará únicamente a través de este canal y no a través del correo ordinario, olvidándote así de tener que estar pendiente de cambiar tu dirección de notificación si, por ejemplo, cambias de vivienda o localidad. Por supuesto, aquellos organismos que todavía no funciones con la DEV, te seguirán enviando la notificación a través del correo postal.

¿Cómo me puedo dar de alta en la DEV?

Para registrarte en la DEV has de estar en posesión del certificado digital o DNI electrónico en vigor, tanto para date de alta como para modificar tu suscripción y leer notificaciones puestas a disposición en el buzón. Puedes darte de alta en cualquier momento. Igual sucede en el caso de querer la baja de manera telemática, donde únicamente tienes que tener en cuenta caso que no exista ninguna notificación pendiente de leer o de rechazar en tu buzón de correo electrónico.

Sin embargo, aquí podría surgir la pregunta: ¿puede alguien ajeno a mi persona gestionar mi DEV? Sí. La DGT tiene un Registro de Apoderamientos (REA) para que las distintas personas −físicas o jurídicas− puedan nombrar un representante que acceda y lea las notificaciones existentes en la DEV. Si es el caso, ten en cuenta que lo ha de hacer tu representado tanto electrónicamente como presencialmente en las Jefaturas de Tráfico pertinentes. Para saber si estás suscrito a la DEV, basta con tener el CIF en su buscador dedicado.

¿Es obligatorio darse de la alta en la DEV? ¿Cuesta dinero?

Desde el 3 de octubre de 2016, es obligatorio registrarse en la DEV para todos los vehículos matriculados a nombre de personas jurídicas (empresas o autónomos), al igual que para cambiar la titularidad de un vehículo. De forma contraria, para las personas físicas se trata de algo completamente voluntario. Y respondiendo a la segunda pregunta del subtítulo, no, Tanto la DEV como los envíos de avisos son un servicio totalmente gratuito.

¿Cómo funciona la DEV?

Las comunicaciones y notificaciones se envían directamente a la DEV y las puedes consultar directamente entrando en la aplicación con tu certificado o DNI electrónico. No obstante, se envía siempre un mensaje a la dirección de correo electrónico (e-mail) o al número móvil (SMS) indicado al realizar el alta, avisando que hay una nueva comunicación o notificación pendiente de leer.

Conviene revisar el buzón de spam, porque a veces, los proveedores del servicio catalogan estos mensajes como fraudulentos. Si cambias de teléfono móvil o de cuenta de correo, la DGT aconseja modificar los datos de la suscripción para que te lleguen los avisos de nuevas notificaciones por correo electrónico y SMS. Pese a que el aviso es seguro, es conveniente revisar a menudo el buzón de DEV para comprobar si queda pendiente alguna notificación o comunicación.

¿En qué estados se puede encontrar una notificación?

Para consultar las notificaciones recibidas en DEV se accede al buzón electrónico asociado, dónde encontrarás todas tus notificaciones. Llegados a este punto, hay que decir que desde el mismo momento en el que la notificación cae en el buzón electrónico de la DEV, hay un plazo de 10 días naturales, ya sea para leerla o para rechazarla. Pasado ese periodo, la notificación caduca, continuando con el procedimiento sancionador. En pocas palabras, así se pueden definir y clasificar las susodichas notificaciones:

  • Pendiente: cuando la notificación se recibida en el buzón electrónico y está disponible para su aceptación y lectura, o rechazo.
  • Leída: cuando el destinatario ha accedido a la notificación y ha procedido a leerla mediante su firma electrónica.
  • Rechazada: aparece en caso de que el destinatario haya decidido rechazar esa notificación de forma expresa a través de la firma electrónica.
  • Caducada: cuando transcurre el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición sin que el destinatario haya leído o rechazado la notificación.

Si tengo una duda o incidencia referente a DEV, ¿quién me puede ayudar?

En el caso de incidencia o soporte relacionados con el sistema DEV, debes escribir un correo electrónico a soportecau@dgt.es. Para poder ser atendido, el correo debe estructurarse de la siguiente manera:

  • En el asunto se deberá indicar: “Apertura de Incidencia Automática Aplicación / Desarrollo”.
  • En el cuerpo del mensaje se debe incluir el servicio/Aplicación (NTRA), el tipo (Pérdida de Servicio, el sistema no está respondiendo a la solicitud enviada; Error Acceso, si pese a estar dado de alta no puedes acceder al servicio; y Error Funcional, si bien funciona, el sistema no devuelve lo que debería devolver).
  • Por último, en la descripción deberás escribir con pelos y señales la incidencia.

Fuente: DGT

  • DGT
  • multas
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