Ya comentamos hace tiempo la creciente preocupación que suscitaban los coches zombies, aquellos vehículos que son dados de baja temporalmente, pero que terminan siendo usados para otros propósito. Ante irregularidades como que los coche terminan en otros países o comercializados por piezas de forma ilegal, la DGT llevaba tiempo estudiando una solución. Y es que bajas temporales durarán un año y tendrán que prorrogarse para mantener el coche en esa situación.
Hasta el momento no había limitación temporal para este tipo de baja y ese era uno de los motivos de que apareciesen los coches zombies. De hecho, desde 2004 se duplicó el número de coches de baja temporal, llegando a superar los 132.000 en la actualidad. Ahora se ha aprobado esta medida y ya sale modificado en el Reglamento General de Vehículos. Como decíamos, la baja temporal tendrá un límite de un año desde su fecha de solicitud.
Si el usuario quiere mantener el coche de baja, tendrá que solicitar una prórroga. Ese trámite se puede hacer en la Jefatura de tráfico como máximo dos meses antes de la fecha de finalización de la baja temporal. En el caso de que no solicite la prórroga, automáticamente el vehículo volverá a estar en situación activa y tendrá las mismas obligaciones administrativas y fiscales que el resto. No hay que olvidar que un coche de baja no paga IVTM, ni tiene la obligación de pasar ITV o tener seguro.
Con esta medida se pretende poner fin al uso abusivo de la baja temporal, que derivaba también en que algunos talleres achatarrasen coches de forma ilegal sin pasar por un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT). Otra novedad incluida en el Real Decreto es que se obliga a superar una inspección ITV a los coches declarados siniestro total por las compañías aseguradoras. Con eso quieren evitar que el titular pueda continuar circulando con él o transferírselo a otro usuario.
En el caso de que se quiera trasladar un vehículo a otro país donde vaya a ser matriculado, se debe comunicar la baja por exportación o tránsito comunitario y el coche tendrá que salir del país en tres meses. Si se pasado ese tiempo sigue circulando por España será dado de alta en el Registro General de Vehículos de la DGT. De esta forma se quieren evitar bajas ficticias para evadir obligaciones fiscales. Si el vehículo a exportar tiene más de cuatro años o ha sufrido un accidente, se exigirá que supere una inspección técnica.
Otras novedades que trae la DGT es que podrán dar de oficio la baja definitiva a los coches que no hayan estado asegurados o no hayan pasado la ITV en los últimos diez años. También se podrá solicitar la rehabilitación de los vehículos históricos que previamente hayan sido dados de baja definitiva, en el caso de que tengan especial interés histórico o singularidad. La entrada en vigor de estas medidas será en 2022.