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MARIO NOGALES

29 Enero, 2026

Ya es obligatorio matricular y asegurar los patinetes: así son los cambios que llegan a los VMP

Era la crónica de una regulación anunciada. Durante años, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), más conocidos como «los patinetes eléctricos» han vivido en una especie de limbo legal. Al principio incluso se los vio en aceras para terror de los peatones y después compartiendo asfalto con coches y motos, pero sin las mismas exigencias burocráticas. Eso ha llegado a su fin. Ya es obligatorio matricular y asegurar los patinetes, de forma que los millones de usuarios que los utilizan en su día a día tienen trabajo por hacer.

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros y entrará en el BOE próximamente. Todavía no hay fecha para que se empiece a controlar, pero conviene ir explicando cómo se va a quedar la cosa. La principal novedad es el obligatorio registro e inscripción del patinete, trámites que también son necesarios para obtener el seguro. Desde principios de año ya se anunció que todos los VMP tenían que tener una póliza en vigor para poder circular.

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Lo cierto es que el objetivo de la DGT es claro: tener identificados a todos estos vehículos de cara a, que si hay algún tipo de incidente, haya un seguro que responda. Se calcula que hay más de cuatro millones de patinetes en España y con esta medida se quiere zanjar las polémicas del pasado. Desde el 2024 se empezaron a endurecer las leyes y ya se habló de una fecha tope para que todos estuvieran certificados, cumpliendo una serie de características clave para su seguridad. Ahora comienza con ese proceso, para el que son necesarios varios pasos.

¿Cómo registrar un patinete?

El proceso se ha diseñado para ser simple, aunque requerirá paciencia y el pago una tasa de 8,67 euros (la tasa 4.1). Todo se centraliza en la sede electrónica de la DGT, aunque también se puede pedir ayuda en el teléfono 060 o realizar el trámite a través de gestores y agentes de seguros. Una vez completado el registro, se obtiene un certificado de inscripción y un número único de matrícula. Con ese número, hay que adquirir una etiqueta identificativa física (similar a la medioambiental o la de la ITV) que debe estar pegada en el vehículo.

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Como decíamos antes, no todos los patinetes son iguales ante la ley, así que la DGT diferencia los dos escenarios clave:

  • Patinetes certificados: Son los modelos más modernos, que cumplen los requisitos lanzados por la DGT en 2024. Estos ya traen una placa de marcaje de fábrica con un número de certificado y serie. El registro es más sencillo,  introduciendo estos datos y abonando la tasa.
  • Patinetes no certificados: Para aquellos más antiguos y que no tiene esa placa, empiezan las limitaciones. En este caso, están fuera de la normativa y sus usuarios entran en un régimen transitorio que solo les permite circular hasta el 22 de enero de 2027. Para el registro hay que aportar la factura, la ficha técnica o fotografía del VMP.

Gestión del ciclo de vida y multas

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La normativa equipara a los VMP con el resto de vehículos en muchos aspectos. Si se vende el patinete a otro usuario, se dispone de 30 días para comunicar el cambio de titularidad a Tráfico y solicitar un nuevo certificado para el comprador. Lo mismo ocurre cuando el vehículo llegue al final de su vida útil, pues no basta con tirarlo al contenedor. En ese caso, hay que llevarlo a un centro autorizado que tramitará su baja definitiva y destrucción.

Ignorar estas nuevas reglas saldrá caro. Tener un VMP sin asegurar conllevará sanciones de entre 202 y 610 euros. Y eso es solo por tenerlo, quién además esté circulando y le pillan en ese momento, la multa sube y oscilará entre los 250 y los 800 euros. Las cantidades dependerán de las características técnicas del vehículo, diferenciando los ligeros o los que pesan más de 25 kg y pasan de los 14 km/h. Se acabó la época de circular en el anonimato, el patinete ya es uno más de la jungla urbana.

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