En España hay registrados en 2024 unos 47.000 vehículos como históricos. Pueden arecer muchos, pero en Reino Unido la cifra alcanza medio millón, en Alemania 600.000 y en Francia en torno a 400.000, según cálculos de la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA). La cifra podría indicar que en España no hay cultura automovilística (en nuestra opinión, no al nivel de los países citados), pero la diferencia es tal que señalan un grave problema: no es fácil, ni barato, tener un vehículo histórico en nuestro país.
Para ello llega el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos. Aprobado ya en Consejos de ministros, está pendiente de publicarse en el BOE para que entre en vigor el 1 de octubre de 2024. Esta normativa va a facilitar la matriculación de coches y otros vehículos como históricos, una demanda de los aficionados que venía de lejos.
Hasta ahora, matricular un coche como histórico era un proceso complejo y caro. En muchos casos «puede superar el valor del vehículo», como se reconoce el el texto del proyecto. Ahora el proceso busca simplifica y abarata el procedimiento. Eso tendría que elevar la cifra de vehículos históricos en España a unas 150.000 – 200.000 unidades, permitiendo recuperar miles de vehículos descatalogados, abandonados y proteger el patrimonio automovilístico de interés
El Reglamento de Vehículos Históricos vigente estaba en vigor desde 1995. La nueva reglamentación reduce los trámites para clasificar los coches históricos, además de abaratar el proceso de 900 a unos 80 euros. Analicemos los cambios:
¿Qué es un vehículo histórico?
Un vehículo histórico, según el nuevo Reglamento, ha de cumplir ciertos requisitos para ser considerado como tal:
- Matriculado por primera vez o fabricado con una antigüedad de treinta años como mínimo.
- El modelo ha dejado de producirse.
- Estar en estado original, si bien se permiten ciertas reformas. Por ejemplo, admite modificaciones realizadas antes de la clasificación si eran habituales durante el periodo de producción del modelo o hasta quince años después de haber finalizado la producción del mismo que pudieran afectar a estructura, sistemas o componentes. Si las reformas se realizan tras la clasificación, solo se permitirán aquellas que devuelvan al vehículo a su versión original. Las motocicletas, por su parte, podrán instalar un sidecar.
Además, optarán a vehículo histórico los incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, los declarados de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento con trascendencia histórica. El nuevo Reglamento suprime la posibilidad de que los llamados «vehículos de colección» puedan clasificarse como históricos.
No hay demasiados cambios en esto, pero ahora se clasifican en dos grupos:
- Grupo A: Con matrícula española, 30 años o más –se tiene en cuenta fecha de fabricación o de primera matriculación, la más antigua–, ITV en vigor y sin cambios sustanciales (carrocería, suspensión…). Entran en este grupo del 95% de los vehículos históricos de España.
- Grupo B: El resto de vehículos que no cumplan los requisitos anteriores.
Trámites para catalogar un vehículo histórico
La anterior distinción en Grupos es vital a la hora de realizar los trámites burocráticos para declarar un vehículo histórico.
- Grupo A: Sencillez máxima. El propietario ha de presentar una declaración responsable donde se indique que su vehículo es susceptible de clasificarse como histórico. Si tiene ITV en vigor no es necesario informe de laboratorio oficial. Sólo presentar esa declaración de responsabilidad firmada en la DGT y pagar la tasa de cambio de servicio del vehículo (entre 20 y 30 euros).
- Grupo B: Se exige un informe técnico que acredite que es un vehículo apto para ser considerado histórico. ¿Dónde se realiza ese informe? Ya no en laboratorios oficiales sino en Servicios Técnicos de Vehículos Históricos. Este informe permite acudir a la ITV, que hay que presentar a la DGT.
Qué son los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos
Los Servicios Técnicos que validen los vehículos deben estar acreditados por la Asociación Nacional de Acreditadores (ENAC) y tendrán validez para toda España. Es un cambio importante, ya que los laboratorios no estaban acreditados y sólo tenían validez en su Comunidad Autónóma.
Además, se crea una entidad que engloba a todas las entidades relacionadas con los vehículos históricos. Hablamos de asociaciones, clubs, FEVA… Podrán emitir certificados más sencillos sobre la originalidad de los vehículos presentados. Obviamente, no se pueden crear clubes para emitir estos certificados (que pueden tener un coste). Se exige la inscripción en un registro de asociaciones vinculadas al vehículo históricos bien a nivel nacional y que tengan al menos tres años de antigüedad.
ITV para vehículos históricos
El nuevo de Vehículos Históricos también define los periodos de vigencia de las ITV de estos vehículos, según sea su antigüedad.
- Coches hasta 40 años: Cada 2 años. Menor periodicidad de paso de ITV que vehículos más jóvenes.
- Coches de 40 a 45 años: Cada 3 años.
- Coches de 45 a 60 años: Cada 4 años.
- Coches de más de 60 años: Exentos de pasar la ITV (pueden pasarla de manera voluntaria). Es la gran novedad y así se equipara con otros países europeos, para evitar que este patrimonio industrial acabe saliendo del país.
- Motocicletas: Cada 4 años.
- Ciclomotores: Exención total.
Se marca un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor Reglamento de Vehículos Históricos, para que el Ministerio de Industria y Turismo cambie el Manual de Procedimiento de Inspección de Estaciones ITV. Es necesario introducir en él consideraciones específicas para este tipo de vehículos.
Identificación y uso de vehículos históricos
Los coches clásicos e históricos no suelen recorrer muchos km al año, pero sus porpietarios también quieren circular con ellos de vez en cuando:
- Pegatina H: Los vehículos clasificados como históricos pueden pegar un distintivo con la letra H en negro sobre fondo naranja en la trasera del vehículo (hay tamaños espaciales para motos). Desaparece la pegatina ovalada con VH sobre fondo blanco
- Velocidad máxima: Los vehículos históricos sin cinturones de seguridad en las plazas delanteras no podrán superar los 80 km/h de velocidad máxima.
- Menores de edad en vías interurbanas: No podrán circular niños de menos de 135 cm de altura si el vehículo no dispone de cinturones de seguridad o no puedan instalarse sistemas de retención infantil.
- Zonas de Bajas Emisiones: Se solicita a los ayuntamientos que de algún modo los vehículos históricos puedan circular en zonas de restricciones medioambientales… si su uso es ocasional. Se establecen 96 días al año, de ahí que con la clasificación del vehículo histórico te comprometas cumplirlo. Si se detectan que se entra en una ZBE más días en un año, pueden retirarte la clasificación y sancionarte.
¿Sería necesaria una pegatina ambiental propia? Lo dudamos. La gran mayoría circula muy pocos días al año, pocos km y evitando lugares con atascos. Un estudio de la FEVA asegura que el 61% circula menos de 20 días al año.
Por su parte, los ministerios de Interior y de Industria y Turismo esperan un impacto económico positivo con más profesionales y empresas dedicados a la actividad de restauración, y un aumento de la actividad de compraventa.