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MARIO NOGALES

4 Febrero, 2020

¿Y si la DGT no pudiera multar si no se identifica al conductor?

Las multas están muy presentes en la vida de los conductores. Por una parte, son necesarias para que se cumpla la ley y queda más que demostrado que consiguen reducir el número de accidentes. Por otra parte, hay algunas que pueden llegar a ser injustas y abusivas, con un marcado carácter recaudatorio. En este eterno debate para llegar a un punto intermedio nos llega una sentencia que podría cambiar las cosas. Porque la DGT no podría multar sin identificar al conductor del vehículo que realiza una infracción.

Eso es lo que ha dictaminado el Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid, que ha impedido que Tráfico multe y quite puntos al propietario de un vehículo que fue sancionado por exceso de velocidad. Se trata de una sanción impuesta en mayo de 2018 en la que el helicóptero Pegasus captó a un coche a 160 km/h en una vía limitada a 120 km/h. Que debería ser multado está claro, el problema es que en la imagen no se identifica al conductor que estaba al volante en ese momento.

Helicoptero Pegasus DGT 2 700x394

La cuestión es que el propietario del vehículo se negó a identificar al conductor y recurrió fue por la vía legal. El juzgado ahora le da la razón alegando que se está vulnerando la presunción de inocencia. De esta forma, la multa ha sido recurrida y este usuario no tendrá que pagar los 300 euros ni se le quitarán dos puntos del carnet de conducir, que es la sanción que imponía la DGT en este caso. Una sentencia muy llamativa que podría cambiarlo todo.

Es cierto que todas las multas son recurribles, pero este recurso era algo inédito hasta la fecha. La sentencia dice literalmente que «no existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor del vehículo». La DGT siempre recomendaba identificar al infractor cuando se recibía la sanción para no cargársela a la persona equivocada. El no identificarlo se consideraba como infracción muy grave, que conllevaba una multa adicional, sumada a la ya impuesta. Aunque a partir de ahora puede que no vaya a ser así...

Fuente: ABC

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