Estamos más que acostumbrados al etiquetado de la DGT, que teóricamente clasifica a los coches en función de su nivel de contaminación. También hay otras etiquetas de eficiencia energética por el IDAE y ahora parece que tendremos que lidiar con otras más. Son las que propone la Asociación Europea de Fabricantes de Automóviles (ACEA) y que afectan a los puntos de recarga de vehículos eléctricos e híbridos enchufables. Servirán para ayudar al consumidor a elegir opción de recarga adecuada para su coche.
Este nuevo etiquetado se empezará a utilizar a partir del 20 de marzo y se utilizará en toda Europa. Las etiquetas se colocarán de forma clara y visible en varios lugares. Tendrá que estar cerca de la ubicación de carga del vehículo y en cada enchufe de carga, en los cables de carga separados y en el manual del propietario. Por otro lado, tendrá presencia en las estaciones de recarga de acceso público y al lado de la toma de corriente o de la ubicación de almacenaje del cable conector del vehículo.
Hay que dejar claro que estas etiquetas solo tendrán que llevarla de forma obligatoria los vehículos nuevos comercializados o matriculados a partir del 20 de marzo, ni siquiera se ha recomendado que se coloquen en los antiguos. Estas etiquetas son más pequeñas que las de la DGT, por ejemplo. Están formadas por un hexágonos regulares con un mínimo de 30 mm de diámetro que van con una letra en el centro. Podrá ser un hexágono negro con la letra en blanco en los coches o un hexágono blanco con la letra en negro en las estaciones de recarga.
La finalidad es guiar a los usuarios con la elección de la opción de recarga adecuada para su coche, algo similar al etiquetado de combustibles que ya tenemos desde hace tiempo para clasificar a la gasolina y al diésel. En carga con corriente alterna (CA) habrá dos identificadores para los vehículos y tres para las tomas de carga. La B será para los conectores de Tipo 1 y la C para los de Tipo 2 (ver los tipos de enchufe en los coches eléctricos). Las tomas de carga se clasificarán con la C, la D o la E en función de lo que ofrezcan.
La carga doméstica, lógicamente, quedaría fuera de la clasificación. En los vehículos que acepten cargas rápidas en corriente continua (CC) habrá un segundo hexágono negro con cinco letras. Podrán llevar la K, la L, la M, la N o la O en función de su configuración y del rango de tensión que sean capaces de aceptar. En las etiquetas, además de la letra, se puede poner opcionalmente información adicional para identificar el proveedor de la carga, la potencia y otros datos.
Fuente: Fuel Identifiers