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Redacción

¿Indemnización de Volkswagen por el dieselgate en España?

Esta semana arrancaba con la noticia que Volkswagen empezaría a recomprar TDI afectados por el #diéselgate en Estados Unidos. La marca de Volkssburgo y Audi debían «comerse» los TDI Clean Diesel vendidos entre 2008 y 2015 (los que contaban con motores 2.0 TDI). Recibirán entre 5.00 u 10.00 dólares.

La firma debe afrontar el pago de 13.600 millones de dólares en Estados Unidos como consecuencia del trucaje de motores diésel para falsear las emisiones contaminantes (10.000 millones exclusivamente para recompras, reparaciones y compensaciones a clientes). Una pesadilla, justo en tiempo de Halloween. En Europa, por ahora, no se había planteado esta posibilidad (que costaría un potosí al Grupo industrial)… pero ojo a esta sentencia del juzgado de primera instancia número 12 de Valladolid ha condenado por primera vez a Volkswagen a pagar una indemnización a un afectado por este caso.

La sentencia obliga a la compañía a resarcir con 5.006 euros al denunciante. Se trata de la primera vez que se condena a la empresa a pagar una compensación, tras cinco resoluciones de diferentes juzgados en los que se daba la razón a la compañía (tres en Valencia, una en Madrid y otra en Cantabria).

Además, Volkswagen Audi España tendrá que asumir las costas del proceso. La sentencia se va a apelar ante la Audiencia Provincial. Por ahora, no hay declaraciones por parte de la empresa… jsuto ahora que sus diésel Euro 6 se han confirmado como los más limpios y en el pasado Salón de París comenzó su estrategia de electrificación con el interesante I.D. Concept (invertirá en los próximos años 2.000 millones de euros en estos vehículos eléctricos).

El denunciante, propietario de un Audi Q5 Quattro 177 CV S-Tronic adquirido por 50.065 euros, pedía que la marca le entregase un vehículo similar nuevo de iguales características y, si no fuera posible, otro de categoría superior. También reclamaba la resolución del contrato de compraventa y el resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados.

El juez considera que, si bien el demandante puede circular por España y Europa con un coche considerado apto, queda acreditado que «el Grupo Volkswagen instaló un software para burlar el control de las emisiones de partículas en el trámite de homologación. Se trata de una actuación en masa […] que implica un engaño a las autoridades de control, que conlleva la infracción de normas básicas de regulación del sector y que tiene incidencia en un bien público como es el medio ambiente».

La sentencia también ve razonable que el consumidor no quiera aceptar la reparación que Volkswagen ofrece ya que se desconoce si afectará a las prestaciones del vehículo, y considera probable que un consumidor no hubiese adquirido un vehículo de haber conocido las prácticas engañosas.

Martín Soria, que representa en Castilla y León a la Asociación para la Defensa de los Derechos de los Consumidores, declaraba ante Europa Press que «esta sentencia es pionera en España y sitúa por primera vez a los consumidores españoles a la altura de los consumidores de Estados Unidos, donde ante un problema como el presente, se ha alcanzado un acuerdo global judicial para la satisfacción de los afectados».

Vía: Autonews

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